Un tribunal salteño anuló los requisitos académicos impuestos por la Autoridad Metropolitana de Transporte. La medida afectaba el derecho al transporte de miles de alumnos de la casa de estudios.
La Justicia de Salta hizo lugar a una acción de amparo colectivo y declaró inconstitucional parcialmente la Resolución AMT Nº 13/24, que imponía requisitos adicionales para acceder al boleto estudiantil gratuito. La sentencia fue dictada por la jueza María Victoria Mosmann en respuesta a una demanda presentada por la asociación Usuarios y Consumidores Unidos (UCU).
El fallo anuló específicamente los puntos que exigían la aprobación de dos materias por año para renovar el beneficio y los que limitaban el acceso a estudiantes que hubieran usado el pase en calidad de «ingresante» en períodos anteriores. La magistrada consideró que la Autoridad Metropolitana de Transporte (AMT) excedió sus facultades al regular aspectos académicos propios de la universidad.
El conflicto se originó a principios de 2024, cuando SAETA S.A. demoró la habilitación del boleto gratuito para alumnos de la UNSa, a pesar de que la universidad había enviado los padrones correspondientes en tiempo y forma. La situación generó un fuerte enfrentamiento entre la casa de estudios y el gobierno provincial.
La Universidad Nacional de Salta rechazó desde un principio las restricciones establecidas por la AMT y acompañó la demanda como amicus curiae. Sin embargo, fue la presentación de UCU y del alumno Alejo Tristan Rivera la que logró que la Justicia se expida sobre el fondo de la cuestión.
La sentencia también exhorta a la AMT y a la UNSa a dialogar con representantes estudiantiles para diseñar una regulación que prevenga usos indebidos del beneficio, pero sin vulnerar derechos adquiridos. El fallo no hizo lugar a la condena por daños punitivos solicitada por la actora.