El sábado, 1 de febrero, entra en vigor la nueva Ordenanza de circulación, peatones y vehículos (OCVV). De esta manera se adapta la normativa al marco estatal y se garantiza la convivencia, la seguridad vial y la protección de los peatones en las calles de la ciudad. Las sanciones pueden llegar a medio millar de euros.
Regulación más clara de los vehículos de movilidad personal
Los VMP pasan a definirse como vehículos unipersonales, por lo que en ellos solo podrá circular una persona, y se señalan los elementos de seguridad imprescindibles: el uso de casco es obligatorio y el vehículo debe disponer de luces delanteras y posteriores.
La norma vigente ya prohíbe el uso de VMP a menores de 16 años y limita su uso a los carriles bici y las calles con límite de velocidad de 30 kilómetros por hora o menos. La modificación aclara que no pueden sobrepasar los 25 kilómetros por hora o los 10 kilómetros por hora en los carriles bici en la acera.
Aceras para los peatones
El nuevo texto prohíbe la circulación por las aceras tanto a los VMP como a las bicicletas, este espacio es exclusivo para la movilidad a pie. Como excepción, pueden circular las personas adultas que transporten a menores de edad con sistemas homologados (remolques o sillitas) o que acompañen a niños y niñas de hasta 12 años. También pueden circular los menores de 14 años y los adultos que transporten menores si no hay carril bici.
En cualquier caso, se mantiene la obligatoriedad para los usuarios de bicis y VMP de bajar del vehículo en situaciones de aglomeración en espacios compartidos con los peatones.
Nuevas restricciones de estacionamiento de motos en las aceras
Además de la prohibición explícita de aparcar motocicletas en las aceras de entornos escolares y de centros hospitalarios, la Ordenanza de circulación, peatones y vehículos prevé sancionar el estacionamiento en vados de peatones, carriles bici o delante de contenedores. Y, como hasta ahora, se recomienda aparcarlas en la calzada.
Por su parte, los ciclos y VMP utilizados en la distribución urbana de mercancías pueden utilizar los espacios habilitados para la carga y descarga con las mismas condiciones que el resto de vehículos de motor. Asimismo, se prohíbe explícitamente hacer la carga y la descarga de cualquier vehículo en los carriles bici.
Régimen de sanciones
La nueva normativa también introduce un régimen de sanciones para garantizar el cumplimiento de las medidas establecidas, detallado en el folleto de la nueva normativa de movilidad. La nueva ordenanza se puede consultar en el Repositorio Abierto de Conocimiento del Ayuntamiento de Barcelona.