El Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 11 a cargo de Martín Cormick hizo lugar a la medida cautelar que presentó la Unión de Trabajadores de la Economía Popular (UTEP) a favor de beneficiarios /as de planes sociales quienes «ahora podrían participar de marchas y protestas» sin perder el ingreso de indigencia que perciben.
El fallo suspende parcialmente la aplicación de la Resolución 84/2024 del Ministerio de Capital Humano, la cual disponía las “causales de egreso de los programas Volver al Trabajo y Acompañamiento Social”.
El Juez Cormick sostiene que «aceptar la aplicación de los señalados artículos (NdR: entre los que se encuentra el derecho a peticionar a las autoridades) atenta contra el derecho a ser oído del beneficiario porque no hay un derecho a la defensa. Otro argumento del magistrado es que «suspender el beneficio en forma inmediata puede generar un daño irreparable”, argumentando que la vulnerabilidad económica de los beneficiarios /as hace que una exclusión abrupta del programa sea particularmente grave.