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viernes, septiembre 5, 2025

Las tres principales asociaciones de abogados de la ciudad de Buenos Aires criticaron la cautelar dictada a pedido de Karina Milei

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En un comunicado conjunto, las tres asociaciones más importantes de abogados porteños, el Colegio Público de la Abogacía (CPACF), el Colegio de Abogados de la Ciudad y la Asociación Abogadas y Abogados de Buenos Aires, criticaron la cautelar del juez Alejandro Maraniello por la que ordenó el “cese en la difusión” de audios de Karina Milei.

En el texto, las entidades marcaron que el fallo de Maraniello es un “grave acto de censura previa” que lesiona la libertad de expresión, el derecho a la información y el ejercicio del periodismo.

“La resolución del juez Alejandro Maraniello prohibiendo la difusión por cualquier medio de audios atribuidos a la Sra. Karina Elizabeth Milei, hermana del presidente de la República y Secretaria General de la Presidencia, constituye un grave acto de censura previa prohibido por la Constitución Nacional y los tratados internacionales de derechos humanos, que debe ser repudiado enfáticamente pues agravia uno de los pilares de nuestra democracia constitucional: la libertad de expresión”, señalaron las entidades.

Ricardo Gil LavedraGentileza

“La libertad de expresión protege no solo el derecho individual a emitir ideas, sino también el derecho colectivo a recibir información sobre asuntos de interés público”, remarcaron.

El escrito, que tiene por título “No a la censura”, lleva la firma de los presidentes de cada una de las entidades, Ricardo Gil Lavedra (CPACF), Rosalía Silvestre (Colegio de la Ciudad) y Juan Pablo Zanetta (AABA).

“En este caso, además, no se trata de la difusión de aspectos estrictamente privados de la vida personal, sino de hechos vinculados a la vida pública y al funcionamiento institucional de la República. Justamente por involucrar asuntos de interés político y estatal, resulta inadmisible cualquier intento de silenciar o controlar preventivamente la información”, advirtieron los abogados.

Rosalía Silvestre, presidenta del Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires

Las asociaciones destacaron precedentes tanto de la Corte Suprema como de la Corte Interamericana, señalaron que en la materia siempre primó una interpretación restrictiva sobre la “censura previa” y advirtieron sobre el peligro para el periodismo y el derecho a la información.

“El periodismo cumple un rol esencial en ese proceso, que requiere plena vigencia del secreto profesional y de la confidencialidad de las fuentes informativas. Sin esas garantías, la investigación periodística se vería severamente afectada y con ella el derecho de la ciudadanía a conocer hechos relevantes”, dijeron los abogados.

El juez Maraniello, en su fallo de ayer, argumentó que la difusión de los presuntos audios afectaba a la “seguridad institucional” como también a la intimidad de la hermana y secretaria general de la Presidencia. El juez dijo que era necesario “equilibrar la debida protección de la libertad de prensa y la prohibición de la censura previa”.

Patricio Alejandro Maraniello

Según él, la cautelar dispuesta no buscaba “limitar ni menoscabar el debate público ni el flujo de información que constituye la esencia de un sistema democrático” y su alcance está “acotado a un hecho concreto, puntual y excepcional, que exige resguardar bienes jurídicos de igual jerarquía”.

Redacción

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