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martes, mayo 20, 2025

Llevaba tobillera por ser violento con su exnovia, pero se arrancó el dispositivo y la asesinó: lo condenaron

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“Soy 100% culpable del fallecimiento de esta mujer”, contestó el hombre de 31 años al que la Fiscalía acusó del femicidio de su expareja. En los últimos días, fue condenado a 22 años de prisión por haber matado a su exnovia de una puñalada en el pecho, luego de haberse sacado la tobillera que la Justicia le había puesto para cerciorarse que no se acercara a ella.

El femicidio ocurrió el 3 de agosto de 2024 pasada la medianoche, cuando la víctima estaba entrando a su casa. Ella era “una mujer de 51 años, trabajadora y que cuidaba a su hijo adolescente sola”, según dijo en audiencia la fiscal Isabella Pioli, que junto a la titular, Mirta Morales, llevó el caso.

Cinco meses antes, en marzo, este hombre había sido condenado por la Justicia a raíz de una denuncia de la víctima. Lo habían penado por los delitos de violencia doméstica agravada, lesiones personales y desacato. Este último se debe a que había incumplido con medidas de no acercamiento que había dispuesto la Justicia de Familia Especializada (que es la que trata los casos de violencia de género).

La condena tenía 15 meses de duración y se iba a cumplir en forma mixta. Al principio, debía permanecer un tiempo en arresto domiciliario total y luego llevar una tobillera que procuraría que no se acercara a la víctima. Sin embargo, el 18 de abril se arrancó la tobillera y aunque la Dirección de Monitoreo Electrónico (Dimoe) intentó buscarlo, nunca lo encontró. El subdirector de la unidad declaró en la audiencia que la mujer tuvo custodia policial por lo menos durante una semana, pero luego se retiró a su pedido.

En los casos de violencia de género, la solicitud de retiro de la custodia suele ocurrir por la incomodidad de la víctima de estar todo el tiempo escoltada por un funcionario policial o porque retomó el vínculo con el agresor.

En este caso, el agresor estuvo cinco meses en libertad y sin ser detectado por la Policía. Así fue que logró aparecer en las vísperas del 3 de agosto en la puerta de la casa de la víctima, en el barrio de La Teja. Sobre las 23:30 se paró en frente y esperó a que apareciera, pero al notar que no estaba, se fue. Volvió un rato más tarde y, al llegar, le dio una única puñalada debajo del cuello.

Una pareja que vivía con la mujer fueron quienes la encontraron tirada en el piso del living, herida. Ella llegó a decirles que había sido su exnovio quien la había agredido. Antes de morir, la víctima llegó a repetírselo a los policías que la llevaron hasta el hospital.

La fiscal indicó que la víctima había terminado el vínculo con el imputado, pero él no aceptó esa situación. Cuando tuvo la oportunidad de hablar, él afirmó que habían retomado la relación e incluso habían vuelto a vivir juntos.

Si él admitía, frente al juez Emilio Baccelli, que era el responsable del crimen, podría beneficiarse de una rebaja en la pena (la Fiscalía inicialmente había pedido que se lo condenara a 27 años) porque le computarían el atenuante de la confesión. Cuando Bacelli lo consultó, el acusado dijo: “Soy 100% culpable del fallecimiento de esta mujer”.

Pero el juez debía cerciorarse que él aceptaba todos los hechos que la Fiscalía le había imputado.

—Yo le voy a hacer las siguientes preguntas para tener todo claro. ¿Usted sabía que no podía acercarse a ella? —preguntó el juez
—Yo estaba 100% consciente que no me podía acercar —contestó.
—¿Usted tenía un dispositivo de monitoreo electrónico el cual se retiró?
—Cinco meses antes del día de los hechos yo me había sacado la tobillera. La persona no tenía custodia ni nada, pese a que yo me había sacado la tobillera.
—Y el día de los hechos ¿qué pasó?
—Yo con un cuchillo eh… Le pegué una puñalada.

Su caso se dirimió en un juicio simplificado (resumido) en el que declararon el subdirector de Dimoe, la médica forense Silvia Gamero y el policía encargado del caso.

Los testigos

En los juicios simplificados, a diferencia de los juicios comunes, se presentan algunas pruebas frente al juez para que haya elementos materiales que acompañen la confesión del imputado. En este caso, el primero en declarar fue el policía encargado del caso. Durante su intervención, se mostraron los videos del acusado merodeando la casa de la víctima y se reprodujeron las llamadas entre distintas reparticiones policiales en las que coordinaban para enviar móviles al lugar. En una de ellas se oyó decir a una funcionaria que ya habían tenido que mandar “varias veces” efectivos al lugar por episodios de violencia de género.

Además, el policía hizo énfasis en la vestimenta del acusado en los videos, puesto que al otro día del crimen, cuando lo detuvieron, llevaba la misma ropa.

En segundo lugar, declaró la médica forense, Silvia Gamero, quien estuvo encargada de hacer la autopsia. La perito explicó que la herida tenía 2,8 centímetros de extensión y fue producida con un arma de “filo y punta”. La lesión llegó al corazón, lo que le provocó la muerte.

Por último, el subdirector de Dimoe explicó qué fue lo que ocurrió luego de que el acusado, el 18 de abril, se cortara la tobillera. Ante la alerta electrónica del sistema, quisieron contactarse con él pero atendió un “referente del hogar”. Esa persona les advirtió que “se había literalmente ‘arrancado’ la tobillera”. Aunque la Policía pudo ubicar el dispositivo electrónico, nunca encontraron la tobillera.

Así, se dispuso la custodia policial de la víctima. Esta medida se mantiene hasta que se ubique nuevamente al agresor o hasta que la víctima renuncie a ella. En este caso ocurrió lo segundo, especificó.

La pena

La Fiscalía de Homicidios de 2do Turno había pedido al juez inicialmente que condene al imputado por el femicidio y la ruptura del dispositivo del monitoreo electrónico a la pena de 27 años de cárcel. Sin embargo, la confesión del acusado es un atenuante legal, por lo que, luego de que él admitió los hechos, aceptaron la solicitud de la defensora pública del acusado de solicitar una pena más baja. Pidieron que lo condenen a 22 años de cárcel, lo que el juez Baccelli aceptó.

El femicidio es, legalmente, una agravante muy especial del homicidio (hay otras nueve). En este tipo de homicidios, la pena mínima es de 15 años y la máxima es de 30 (que a su vez es la máxima pena que se puede imponer a una persona).

Redacción

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