
El Consejo Directivo del Colegio de Martilleros y Corredores Públicos del Departamento Judicial Mar del Plata manifestó su beneplácito por un nuevo fallo judicial que sienta un precedente firme en defensa de su profesión.
En este caso, la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, Sala Segunda resolvió rechazar la demanda de una corredora que pretendía cobrar una comisión por una operación inmobiliaria en la que no intervino personalmente, y cuya tarea fue realizada por personas no habilitadas para ejercer la actividad.
El fallo es contundente: el corretaje inmobiliario es una actividad profesional indelegable, que debe ser ejercida exclusivamente por corredores públicos matriculados, conforme a la Ley 10.973.
«Este pronunciamiento ratifica la necesidad de cuidar el ejercicio ético y legal de esta labor y de rechazar prácticas que desvirtúan la profesión y perjudican a la matrícula que trabaja dentro del marco normativo», señalaron desde la entidad.
«Las profesiones no se franquician ni se delegan, se ejercen por profesionales matriculados», agregaron.
El fallo completo es el siguiente: https://www.martillerosmdp.com.ar/web/wp-content/uploads/2025/04/Expte.-No-182042-Juzgado-Civil-y-Comercial-N°13-CLAUSO-GILDA-FLORA-C-BARDUCCI-DIANA-VIRGINIA-S-CUMPLIMIENTO-DE-CONTRATOS-CIVILES-COMERCIALES.pdf
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