El Juzgado Federal de Río Grande hizo lugar a un planteo de la Asociación Rural fueguina. Consideró que la medida del Senasa pone en riesgo el estatus sanitario diferencial y podría afectar mercados internacionales clave.
RIO GRANDE.- La jueza Mariel Borruto, titular del Juzgado Federal, resolvió hacer lugar a una medida cautelar presentada por la Asociación Rural de la provincia y ordenó suspender por 30 días los efectos de la resolución 460/2025 del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa).

La norma habilitaba el ingreso de carne bovina con hueso y material genético desde zonas del país libres de fiebre aftosa con vacunación hacia la Patagonia, región reconocida como libre sin vacunación.
La demanda de la entidad rural sostuvo que la medida oficial ponía en riesgo el estatus sanitario diferencial alcanzado tras más de 30 años de trabajo conjunto entre productores y el Estado. Advirtió que la eventual pérdida de esa condición —única en el país y clave para la exportación a mercados premium— generaría perjuicios económicos, comerciales y ambientales de enorme magnitud, incluyendo la cancelación automática de certificaciones internacionales.
La jueza Mariel Borruto valoró en su resolución los antecedentes presentados por los productores, especialmente la decisión del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) de Chile de suspender el reconocimiento a la Patagonia luego de la publicación de la norma del Senasa, así como las advertencias emitidas por la Comisión Europea. Señaló, además, la particular vulnerabilidad de Tierra del Fuego, que depende del tránsito terrestre por territorio chileno, lo que incrementa la exposición a riesgos sanitarios.
También ponderó un antecedente reciente: la decisión del Servicio Agrícola y Ganadero de Chile de suspender el reconocimiento sanitario a la Patagonia tras la entrada en vigencia de la resolución de Senasa y las observaciones realizadas por la Unión Europea.
En ese sentido, la magistrada destacó que si bien el Senasa defendió la resolución como una medida técnicamente respaldada, la existencia de alertas internacionales y el impacto potencial en el comercio exterior justifican la adopción de un criterio precautorio. Por ello, decidió suspender de manera provisoria la aplicación de la resolución mientras se resuelve el fondo de la cuestión.
La cautelar dictada tendrá vigencia por 30 días. En ese lapso, quedará suspendida la autorización para ingresar carne con hueso y material genético a la Región Patagónica.