Una estudiante notó un destello que salía detrás del espejo de su baño y descubrió una microcámara de transmisor inalámbrico escondida. Ese fue el inicio de un caso que tiene a la comunidad de las afueras de L’Aquila, en Italia, conmocionada.
La policía respondió a la denuncia de la joven y halló “pruebas contundentes” de que el dueño de varios departamentos del edificio había escondido decenas de microcámaras en diferentes lugares de las viviendas.
Según el Corriere della sera, el propietario, un hombre de 56 años, tenía instalada una aplicación en su teléfono que le permitía “gestionar y visualizar las cámaras instaladas en el baño de niñas” y en otros lugares, como por ejemplo cuidadosamente instaladas dentro de un lavarropas.
Al investigar la casa del hombre, la policía encontró varias cámaras empaquetadas sin usar y 80 mil euros que, sospechan, provenían de actividades ilegales.
 Muchas de las cámaras estaban en el baño. Foto: captura Corriere della sera
Muchas de las cámaras estaban en el baño. Foto: captura Corriere della seraAl hombre podría caberle una pena por intromisión ilegal en la vida privada, aunque no se descartan otros cargos.
Los apartamentos, aparentemente alquilados con contratos regulares, están ocupados por estudiantes, familias e incluso alumnos de la Escuela de Inspectores y Superintendentes de la Guardia di Finanza.
La investigación en curso se centra principalmente en determinar si las imágenes obtenidas ilegalmente fueron utilizadas y cómo, y si el hombre lo hizo en el pasado.
¿Qué contempla el delito de intromisión ilegal en la vida privada?
El cargo por el que se imputó al dueño de los departamentos contempla la pena de prisión.
 Una cámara instalada en un lavarropas. Foto: Corriere della sera
Una cámara instalada en un lavarropas. Foto: Corriere della seraDe acuerdo al medio Filo Ditritto, el artículo 615-bis del Código Penal italiano dispone que quienquiera que mediante el uso de instrumentos de captación visual o sonora se procure indebidamente noticias o imágenes relativas a la vida privada que se desarrolla en los lugares indicados en el artículo 614 c.p. (es decir, lugares de “privada dimora”, domicilio u otros espacios de la vida íntima) es castigado con prisión de seis meses a cuatro años.
El caso puede empeorar si se comprueba que el hombre «reveló o difundió» al público, por cualquier medio, las noticias o imágenes obtenidas.





