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sábado, abril 5, 2025

Nuevas reglas para comedores que buscan sumarse al Programa Alimentar Comunidad

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El Ministerio de Capital Humano oficializó cambios que incluyen controles digitales, nominalización de beneficiarios y visitas virtuales

El Gobierno Nacional modificó los lineamientos para que los comedores comunitarios puedan acceder al Programa Alimentar Comunidad. Según indicaron desde el Ministerio de Capital Humano, las actualizaciones tienen como fin optimizar la gestión del programa con la incorporación de herramientas digitales, simplificación de trámites y refuerzo de los controles.

La medida fue formalizada este viernes mediante la Resolución 151/2025, publicada en el Boletín Oficial. Allí se establece la modificación del artículo 1° de la Resolución 230/2023 del anterior Ministerio de Desarrollo Social. A partir de ahora, la implementación del programa quedará bajo la responsabilidad de la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia.

Entre los cambios más destacados, se incluye la nominalización de las personas que asisten a los comedores comunitarios. Esta medida permitirá contar con un registro detallado de los beneficiarios. También se incorpora la posibilidad de realizar visitas virtuales, que complementarán las inspecciones presenciales habituales.

Otra innovación es la utilización de plataformas digitales para facilitar la rendición de cuentas de los comedores, así como una aplicación de geolocalización que permitirá verificar en tiempo real la existencia y características de cada espacio comunitario.

El objetivo del Gobierno es agilizar el acceso de los comedores a los alimentos, en el marco de una política nacional que busca garantizar el uso eficiente, transparente y responsable de los recursos públicos.

El anexo de la resolución detalla todos los aspectos técnicos de la nueva normativa: desde los criterios de elegibilidad y requisitos documentales, hasta los protocolos de verificación territorial, los mecanismos de control y el proceso de evaluación y monitoreo posterior.

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Redacción

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