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jueves, agosto 14, 2025

Nuevo informe jurídico sobre compra de estancia de María Dolores respalda la adquisición y critica al TCR

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Redacción El País
La sala de abogados ampliada del Instituto Nacional de Colonización (INC) elaboró un informe acerca de la compra de la estancia María Dolores por el valor US$ 32 millones, cuya forma es cuestionada por la oposición. En sus conclusiones se respalda la decisión y se critica una de las observaciones del Tribunal de Cuentas de la República (TCR), que entre otras cosas apuntó contra la cantidad de votos con la que el organismo tomó la decisión.

«Resulta confusa, y hasta contradictoria la observación realizada por el TCR, sobre el incumplimiento del quórum legal —4 votos», se sostiene en el informe jurídico, al que accedió El País, que ya está en manos del directorio del organismo, y que cuestiona así la objeción que plantea que la compra del INC debería haberse resuelto con el voto de cuatro directores —como se exige en una compra directa— y no con tres, como se hizo en este caso.

«El articulo 146 inciso primero de la Ley N° 11.029 establece que las Resoluciones del Directorio serán adoptadas por simple mayoría de votos (3), salvo los casos excepcionales en que se exigen cuatro votos (4) o la unanimidad (5)», señala el informe, que agrega que para la compra directa está establecido expresamente en el artículo 46 de esa norma, para la que sí se requiere «la mayoría especial de 4 votos».

«En cambio las compras en ejercicio del derecho de preferencia art. 35 no requieren de esa mayoría —se añade—, siendo suficiente la decisión por mayoría simple», lo que se decidió en este caso en el mes de mayo, resolución que fue comunicada durante los funerales de José Mujica por el secretario de Presidencia, Alejandro Sánchez.

De eso se desprende, añade el texto, que si el legislador, a la hora de redactar esta ley de 1948, «hubiera querido aplicar mayoría especial también a la compra preferente», que fue el procedimiento seguido en este caso —en el que, ante un negocio entre privados, surge la obligación de ofrecérselo, antes y en los mismos términos, al INC— «lo habría dicho expresamente, como lo hizo con la compra directa».

Asimismo, y relativo a la diferente naturaleza entre uno y otro procedimiento, el informe también afirma que la compra directa «implica una decisión del INC de adquirir un inmueble bajo condiciones determinadas directamente con el titular del bien». «Dada la mayor discrecionalidad en este tipo de operaciones, se exige una mayoría calificada de cuatro votos conformes», se explica.

Decisión tomada y el informe externo que también respalda

El presidente de Colonización, Alejandro Henry, ha manifestado en varias oportunidades que la institución que preside —ocupa el cargo en lugar tras la renuncia de Eduardo Viera, quien era colono y eso no lo permite la Constitución— seguirá adelante con la compra de la estancia ubicada en Florida, operación por la que el ministro de Ganadería, Agricultura y Pesca, Alfredo Fratti, será interpelado por la oposición.

Como parte de la estrategia de defensa, el INC solicitó informes jurídicos como el de ahora. En este marco, se solicitó a la Universidad de la República que se pronunciara, la que se excusó producto de una resolución de la casa de estudios de hace tiempo y el propio convenio entre ambas instituciones, que la llevó a concluir que no correspondía que su Facultad de Derecho se pronunciara sobre acciones judiciales o administrativas que todavía están en curso.

Quien si lo hizo fue la Universidad Claeh, cuyo análisis, elaborado por el profesor titular de derecho agrario, Juan Pablo Saavedra Methol, sostiene —también a diferencia de lo expresado por el Tribunal de Cuentas— que la enajenación se realizó mediante el ejercicio del derecho de preferencia previsto en el artículo 35 de la Ley 11.049, por lo que no se trató de una “compra directa”.

Al aplicarse el derecho de preferencia, sostuvo el abogado, “se disipan las dudas, aprehensiones y sospechas de falta de transparencia” que puede tener una compra directa y basta la mayoría simple de tres votos para aprobar la resolución.

Redacción

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