18.6 C
Buenos Aires
sábado, abril 19, 2025

Ordenan reabrir una causa judicial contra el decreto de Milei que restringe el acceso a la información pública

Más Noticias

La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal ordenó tramitar un pedido de amparo contra el Decreto 780/24, para establecer la inconstitucionalidad de esa normativa que restringe el acceso a la información pública, en una denuncia presentada por los diputados Maximiliano Ferraro, Mónica Frade y María Victoria Borrego.

El tribunal revocó un fallo de primera instancia, que les negaba legitimidad a los diputados de la Coalición Cívica para impulsar una demanda judicial por la inconstitucionalidad del decreto que Javier Milei firmó en septiembre pasado. Y ordenó que se realice el juicio para establecer si esa normativa “ha sido o no inconstitucional”, según el fallo que firmaron las juezas Liliana Heiland y Clara Do Pico, con la disidencia del juez Rodolfo Eduardo Facio.

La causa iniciada pretende que la Justicia dicte una medida cautelar para suspender la aplicación del Decreto 780 y declare la inconstitucionalidad de la norma, que restringe el acceso a la información pública y recibió numerosos cuestionamientos de especialistas y dirigentes políticos de la oposición, porque se contrapone al espíritu de la normativa sancionada por el Congreso en 2016.

«La disposición del Poder Ejecutivo que se cuestiona constituye una desviación de poder y un abuso de derecho público, por violar el principio republicano, la división de poderes, la democracia, el principio de reserva de ley y los derechos colectivos de la ciudadanía argentina a la participación en los asuntos públicos mediante el acceso a la información pública, amparada por la Ley 25.275 y la doctrina nacional e internacional aplicable en la materia», plantearon en su denuncia Ferraro, Frade y Borrego.

La causa recayó originalmente en el Juzgado 3, a cargo de Sebastián Carillo, quien rechazó el planteo porque dijo que los diputados no estaban «legitimados» para litigar contra el decreto.

Esa decisión fue apelada por los diputados de la Coalición Cívica, quienes lograron que la Cámara Federal revoque ese fallo y ordene que la causa continúe para analizar el recurso de amparo y establecer si el decreto de Milei es o no inconstitucional.

«Ante la supuesta ausencia de caso, el juzgado de primera instancia no consideró la medida cautelar solicitada. Al tener que analizar nuevamente la legitimación en conjunto a la cuestión de fondo (que es el pedido de inconstitucionalidad en el amparo) ahora la Cámara deberá evaluar la admisibilidad de la medida cautelar», dijeron a Clarín desde la Coalición Cívica, ante la consulta de Clarín.

El decreto restrictivo que dictó Milei

El Gobierno dictó un Decreto para restringir el acceso a la información pública, especialmente cuando se pidan «datos privados» de los funcionarios, «documentos públicos» o pueda causar «daños y perjuicios» a las personas.

Este criterio restrictivo del concepto de qué es información pública ya se había aplicado previamente, cuando el Gobierno se negó a brindar información sobre los gastos, mantenimiento y otros datos de los perros de Milei que viven en la Quinta de Olivos, porque aseguró que eran cuestiones vinculadas con el «ámbito privado» del Presidente de la Nación.

Pero con el Decreto 780 se amplió el alcance de las negativas, ya que se establecieron límites más precisos y generales sobre qué información se podrá solicitar y en qué condiciones el Gobierno puede negar el acceso a la información pública.

Con este criterio, por ejemplo, el Gobierno ya no tendrá que responder a los pedidos de acceso a la información pública que pretendan saber quiénes ingresan en la Quinta de Olivos, si el funcionario considera que son visitas de carácter «privado».

Además la normativa dictada por Milei restringe la difusión de documentos que incluyan «deliberaciones preparatorias, papeles de trabajo o exámenes preliminares» sobre un acto de gobierno.

Esto le podría servir al gobierno de Milei, por ejemplo, para negar el acceso a información clave sobre los encuentros, borradores o escritos previos de normas específicas, como por ejemplo los debates que se dieron en el gobierno en torno al DNU 70/23 y la Ley Bases.

El Decreto 780/24 también crea una nueva figura jurídica, que no estaba contemplada en la Ley de Acceso a la Información Pública, que fue sancionada en septiembre de 2016 y que ya había sido reglamentada en marzo de 2017, a iniciativa de numerosas organizaciones de la sociedad civil y con el respaldo del entonces presidente Mauricio Macri.

La nueva figura es la del «abuso del derecho», para perseguir judicialmente a quienes no realizan el pedido de acceso «de buena fe».

En este caso, por ejemplo, el funcionario que lo considere pertinente puede no solo rechazar la solicitud presentada por una persona en su pedido de acceso a la información pública, sino además perseguir judicialmente a quien solicitó la información y reclamar el pago de una indemnización por considerar que actuó «de mala fe».

Por último, la nueva normativa restringe la información de los ministerios de Defensa y Relaciones Exteriores, ya que elimina un párrafo completo del primer inciso del artículo 8 de la ley sancionada por el Congreso.

El párrafo eliminado de la ley por el nuevo decreto establecía que la restricción de información «en ningún caso podrá alcanzar a la información necesaria para evaluar la definición de las políticas de seguridad, defensa y de relaciones exteriores de la Nación; ni aquella cuya divulgación no represente un riesgo real e identificable de perjuicio significativo para un interés legítimo vinculado a tales políticas».

«El Decreto cuestionado amplía la información que queda por fuera del interés público, amplía el secreto y aporta discrecionalidad al dejar en manos de los funcionarios públicos la definición sobre lo que es un documento público y qué información puede ser considerada de la esfera privada de las autoridades, dándoles una especial protección», destacaron 70 entidades en un comunicado conjunto, firmado por FOPEA, CIPPEC, CELS, Amnistía, ACIJ, Periodistas Argentinas, Poder Ciudadano y otras entidades, que pidieron su derogación.

Redacción

Fuente: Leer artículo original

Desde Vive multimedio digital de comunicación y webs de ciudades claves de Argentina y el mundo; difundimos y potenciamos autores y otros medios indistintos de comunicación. Asimismo generamos nuestras propias creaciones e investigaciones periodísticas para el servicio de los lectores.

Sugerimos leer la fuente y ampliar con el link de arriba para acceder al origen de la nota.

 

- Advertisement -spot_img

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

- Advertisement -spot_img

Te Puede Interesar...

Cómo quedan los nuevos aumentos de las prepagas tras el pedido del Gobierno de que dieran marcha atrás

Durante este fin de semana las principales prepagas del país terminarán de darles forma a las nuevas cartas que...
- Advertisement -spot_img

Más artículos como éste...

- Advertisement -spot_img