Iguazú (LaVozDeCataratas) La medida, enmarcada en el artículo 4 de la Ley 7544, busca acompañar los festejos populares que podrían extenderse hasta altas horas de la madrugada. De concretarse, la jornada será considerada de descanso obligatorio, conforme lo establece el artículo 217 del Código del Trabajo.
Desde la cartera laboral aclararon que las empresas que requieran continuidad de servicios podrán convocar a sus trabajadores bajo condiciones específicas: comunicar con antelación, abonar un recargo del 100% sobre el salario ordinario por hora y respetar todos los derechos laborales vigentes. Aquellas compañías que adhieran plenamente al feriado deberán notificar a sus empleados que no deberán asistir a sus puestos de trabajo.
La ministra de Trabajo, Mónica Recalde, informó que la normativa ya fue firmada por el presidente Santiago Peña y solo resta su publicación oficial. El mandatario expresó su apoyo a la selección a través de redes sociales, destacando que “la fuerza, la fe y la garra guaraní de un país entero” acompaña a los jugadores