Foto: Ignacio Sánchez/Archivo El País.
Redacción El País
La Cámara de Representantes votó este martes de tarde el proyecto de ley que modifica la intervención de Casmu, dispuesta por el Poder Ejecutivo desde el 29 de julio pasado. La redacción fue votada por 95 votos en 97. Se opusieron los dos legisladores de Identidad Soberana, los diputados Gustavo y Nicolle Salle.
«Las instituciones se funden y el empresariado médico se enriquece. Creo que se enriquece en función de este tipo de leyes, que rápido y a los ponchazos nos quieren llevar a votar que el dinero del pueblo financie la ineficacia, la inoperancia y hasta aparentes conductas delictivas. Por eso, Identidad Soberana no vota esto», dijo el líder de Identidad Soberana.
Hoy más temprano, el Senado votó el proyecto de ley, con carácter grave y urgente, sin pasar por comisión parlamentaria. Obtuvo el respaldo de los 26 senadores presentes en la votación en general.
La redacción que el gobierno envió al Senado el miércoles pasado buscó extender un año más el trabajo de los interventores, cambiar las condiciones de entrega del último tramo del préstamo que obtuvo Casmu tras la votación en agosto pasado de una garantía estatal, así como como también modificar la ley del proceso concursal y el Fondo de Garantía que tienen las mutualistas hace 15 años.
El proyecto de ley contiene cuatro artículos. El artículo 1°, que refiere a la extensión del trabajo de los interventores, fue votado con 25 votos en 27. El senador blanco Javier García no respaldó el primer artículo por entender que “opera como un cheque en blanco porque no está referido al Casmu sino a todo el sistema mutual”, que otorga la facultad al Poder Ejecutivo para que intervenga “hasta por dos años y con amplísimas facultades sobre cualquier institución de asistencia médica colectiva”.
El artículo 2°, respecto a la liberación del último tramo, fue votado por 27 votos en 27. Mientras que la redacción original de los últimos dos artículos (3° y 4°), referido al cambio de la ley del proceso concursal y del Fondo de Garantía, no obtuvo apoyo político. Luego, se presentaron dos artículos sustitutivos, que se votaron en bloque, por 28 votos en 28.
El artículo 3°, sustituido, quedó aprobado en el Senado con la siguiente redacción: “Las instituciones integrantes del Sistema Nacional Integrado de Salud comprendidas en el artículo 11 de la Ley 18.211 de 5 de diciembre de 2007 no podrán ser objeto de solicitud, ni de declaración judicial de concurso ni de liquidación mientras se encuentren intervenidas por el Ministerio de Salud Pública”.
Mientras que el artículo 4°, votado esta tarde, indica: «Deróguese el artículo 4 de la Ley 18.439 de 22 de diciembre de 2008». Esta establece: «Las instituciones que, encontrándose en las situaciones previstas en el inciso primero del artículo 1º de la presente ley y habiéndose acogido al régimen de la misma, no logren viabilidad a juicio del Poder Ejecutivo, quedarán sometidas a las disposiciones de la Ley Nº 18.387, de 23 de octubre de 2008, modificativas y concordantes».
Solicitud
La senadora frentista Patricia Kramer, miembro informante, comenzó destacando en la presentación del proyecto que “resuelve una urgencia”, que permite “dar tiempo y herramientas necesarias para que se reestructure de manera saludable de una institución que no solo es importantísima para el sistema de salud, sino que también es emblemática”.
En cuanto a la extensión del plazo de los interventores para la “reestructuración” de la mutualista Kramer dijo que es un asunto “impostergable” si se busca que el Casmu llegue a una “solución definitiva”.
Respecto al artículo 2° del proyecto de ley, que refiere a la transferencia pendiente, de $ 938 millones, del préstamo con garantía estatal, Kramer sostuvo que “hubo una advertencia jurídica desde el Ministerio de Economía respecto a liberar el último tramo», pero aclaró que «esta modificación del artículo no modifica nada, el monto, ninguna situación, sino que reconstruye una voluntad legislativa original que era disponer el acceso al Fondo de Garantía”.
Y en su opinión, los artículos 3° y 4° “buscan prevenir” una situación como la ocurrida con Casa de Galicia, que cerró tras una decisión judicial a finales de 2021. “Los trámites judiciales de la ley del proceso concursal podrían superponerse con objetivos administrativos de la intervención, y por lo tanto dificultar el foco en la recuperación de la institución y la protección de los afiliados y trabajadores”, dijo Kramer.