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jueves, febrero 20, 2025

Penadés tiene un «poder de hecho que no hace a ningún cargo»: los motivos del tribunal para reintegrarlo a prisión

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Juicio por caso Penades
Gustavo Penadés y Sebastián Mauvezin.

Foto: Francisco Flores/Archivo El País.

Cuando decidió disponer el arresto domiciliario de Gustavo Penadés, la jueza Marcela Vargas había argumentado que tras 16 meses preso, el exsenador había perdido el poder, ese que le había permitido entorpecer la investigación y perseguir víctimas, de acuerdo a la teoría fiscal. Sin embargo, para quienes revocaron esa decisión este miércoles, Gabriela Merialdo, Adriana de los Santos y Luis Charles —integrantes del Tribunal de Apelaciones de 4to Turno—, aunque es cierto que Penadés «no cuenta con un poder de derecho pues este cesó desde el momento en que quedó desvinculado de su cargo», el imputado «conserva un poder de hecho que no hace a ningún cargo o atribución, mas allá que eventualmente pueda hacer una derivación de ello», de acuerdo a la sentencia a la que accedió El País.

«Este poder de hecho refiere a vinculaciones, influencias, contactos, en suma a la posibilidad de acceder a personas, lo que para otros podría ser inimaginable», refirieron. «Lo expuesto es tan así que la trama o por lo menos parte de ella, el Estado actuando contra el Estado, tuvo lugar cuando el imputado ya había cesado en su cargo», lo cual no impidió que accediera a personas con cargos importantes en el Instituto Nacional de Rehabilitación (INR), la Corte Electoral, la Dirección General Impositiva (DGI) e INAU «con un fin manifiestamente espurio». «Lo hizo y podría volver a hacerlo», indicaron.

Todo esto, teniendo en cuenta, —dice el Tribunal— que las cárceles están repletas de personas que cumplen medidas cautelares «y que no tienen ningún poder de derecho ni de hecho, aunque a veces así se lo imaginen por formar parte de ciertas organizaciones».

A su vez, contestaron a un argumento que en audiencia expuso la abogada de Penadés, Laura Robatto, quien preguntó quién querría reunirse actualmente con su cliente en la posición social y penal en la que se encuentra. El tribunal respondió: «No es un problema de cantidad, de reunirse con una multitud, de lo que se trata es de evitar o por lo menos disminuir la posibilidad (de) que acceda a personas dispuestas a continuar con la trama, aunque estas constituyan un núcleo reducido».

Pero más allá del fundamento de que el exsenador todavía tiene poder, los jueces también se refirieron a cómo fueron amedrentadas las víctimas durante este proceso y el deber estatal de protegerlas. «Se requiere una protección integral y ello debe ser un compromiso del sistema de justicia», dijeron y enfatizaron que son necesarios los «dos escudos»: la prisión preventiva y la reserva de la identidad. Pese a esta protección, sostiene el tribunal, «se accedió a las víctimas». «Cabe en consecuencia presumir que si el segundo de esos escudos se cae, se derrumba, el acceso a víctimas y testigos se vería facilitado en su esencia», expusieron.

Respecto de Sebastián Mauvezín, los ministros siguieron refiriéndose a él como «el hombre de atrás». Afirmaron que Penadés muchas veces ni siquiera conocía los nombres de las víctimas porque en los encuentros no los preguntaba, por lo que allí la figura del profesor cobraba más relevancia. Es él quien —sostiene el tribunal— conoce «de primera mano a quienes captó» por lo que podría «por lo menos intentar volver a acceder» a ellos.

Cerraron la sentencia con el siguiente resumen, refiriéndose a Penadés y Mauvezín y la trama que se entiende montaron: «El primero desplegó todo su abanico de posibilidades para identificarlas, abordarlas con un propósito desleal. El segundo participó de dicha estrategia, por lo menos no le es ajena, de acuerdo al resultado de la pericia a su teléfono celular y las comunicaciones que practicó. En suma, el riesgo para la integridad de las víctimas no ha cedido en lo mas mínimo del inicio del sumario, al punto que prácticamente todas expresan su temor, su miedo, la necesidad que se le confiere el estatuto de identidad reservada».

Una crítica a la defensa de Penadés y una a la Fiscalía

Para que una persona vaya a prisión sin condena firme deben de existir riesgos para el proceso, sino debe esperar en libertad. Teniendo presente eso, el tribunal expuso que los argumentos de la defensa de Penadés eran «contradictorios» porque pasaron de decir que «tales peligros nunca existieron, a que ahora desaparecieron (lo que implica por lo tanto que en algún momento eran reales) y a que se han visto disminuidos por el transcurso del tiempo (por lo tanto que se mantienen vigentes pero mitigados en cuanto a su alcance)».

Pero en otro pasaje la crítica fue hacia el otro lado, hacia la Fiscalía que comanda Alicia Ghione. Indicaron que a esta altura es «imperioso» que culmine la investigación y eleve el caso a juicio.

Redacción

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