El Honorable Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires aprobó formalmente la rendición de cuentas 2024 de la municipalidad de General Belgrano, pero lo hizo dejando asentado un extenso y contundente listado de irregularidades, incumplimientos normativos, desequilibrios financieros y excesos presupuestarios, varios de ellos reiterados de ejercicios anteriores, que derivaron en amonestaciones y multas personales a los principales funcionarios del ejecutivo municipal, incluido el intendente Osvaldo Dinápoli.
El fallo 768/2025, dictado el 11 de diciembre de 2025, desnuda un esquema de gestión caracterizado por fallas estructurales en los sistemas de administración financiera, graves problemas de control interno y un déficit fiscal que el propio Tribunal calificó como pasible de sanción.
Irregularidades: un catálogo completo de incumplimientos
El Tribunal de Cuentas confirmó observaciones por incumplimiento de disposiciones legales y reglamentarias, en particular por la no implementación de sistemas obligatorios del régimen RAFAM, pese a que el municipio adhirió formalmente al mismo.
Entre las principales irregularidades se destacan la falta de implementación de sistemas clave. Al cierre del ejercicio 2024, la municipalidad de General Belgrano no había instrumentado los sistemas de Administración de Ingresos Públicos, Crédito Público e Inversión Pública.
Esto constituye una violación directa a los artículos 5 y 6 del decreto 2980/2000 y a los criterios prácticos de aplicación del RAFAM. El Tribunal remarcó que esta observación ya había sido formulada en ejercicios anteriores, lo que agrava la responsabilidad política y administrativa.
Pero también existieron graves falencias en la contabilidad. El órgano de control sostuvo que no pudo verificar la razonabilidad de los créditos registrados en el balance general, por inconsistencias entre los registros contables y los listados de cuentas corrientes. En concreto, quedaron bajo observación más de 639 millones en créditos netos, sin respaldo suficiente ni posibilidad de conciliación confiable, incumpliendo la ley Orgánica de las Municipalidades y el Reglamento de Contabilidad.
Por otro lado, durante 2024, el departamento ejecutivo incurrió en excesos presupuestarios por 571.411.771,40 pesos. De ese total, 569.474.127,03 no tenían posibilidad de compensación real al cierre del ejercicio.
Si bien el Honorable Concejo Deliberante de General Belgrano intentó convalidar esos excesos mediante la ordenanza Nro. 12, el Tribunal dejó asentado que al momento del control no existía normativa vigente suficiente que habilitara ese procedimiento, motivo por el cual el tema quedó en suspenso y bajo investigación adicional.
El órgano bonaerense también cuestionó el desequilibrio financiero y el déficit fiscal de la gestión Dinapoli. En esa línea, confirmó un resultado financiero negativo de 330.434.892,71, equivalente al 2,32 por ciento del presupuesto devengado, lo que configuró un desequilibrio financiero sancionable. Las explicaciones del ejecutivo -inflación, aumento de insumos, salarios y asistencia social- fueron consideradas insuficientes para eximir de responsabilidad.
Responsabilidades políticas y administrativas
El fallo es explícito en la asignación de responsabilidades, tanto por acción como por omisión.
– Osvaldo Mario Dinápoli: el Tribunal sostuvo que el intendente es directamente responsable por la reiterada falta de implementación de los sistemas RAFAM obligatorios, el desequilibrio financiero del ejercicio y la conducción general de una administración con fallas estructurales de control. Además, dejó en claro que no puede considerarse exento de responsabilidad en los excesos presupuestarios aún pendientes de resolución definitiva.
– Enrique Alberto Acha: el secretario de Hacienda es responsable por las irregularidades contables, el desequilibrio financiero y la deficiente administración de los recursos municipales.
– Lucas Javier Finochietto: al contador municipal se le atribuye responsabilidad directa por falencias del sistema contable, incumplimientos normativos en la registración y control y participación en el esquema que derivó en déficit y observaciones graves.
– Hernán Jorge Malvisini: el Tribunal determinó que el director de Ingresos Públicos incurrió en incumplimientos vinculados al sistema de ingresos públicos, aunque en su caso la sanción fue menor.
Sanciones y advertencia
Lejos de tratarse de simples observaciones formales, el fallo impuso sanciones personales a Dinápoli, Acha y Finochietto, cada uno de los cuales deberá abonar una multa de 305 mil pesos. Por su parte, Malvisini apenas recibió una amonestación sin sanción económica.
Además, el Tribunal otorgó 90 días para el pago de las multas y advirtió que, en caso de incumplimiento, dará intervención al fiscal de Estado.
Aunque las cuentas fueron formalmente aprobadas, el Tribunal de Cuentas dejó cuestiones centrales en suspenso, especialmente las vinculadas a los excesos presupuestarios y el uso de fondos afectados. La resolución es clara: los principales funcionarios no están exentos de responsabilidad y el organismo de control se reservó la posibilidad de nuevas sanciones una vez concluido el análisis pendiente.
El fallo deja al descubierto que, detrás de la aprobación formal, la gestión municipal de General Belgrano quedó severamente cuestionada, con irregularidades estructurales que exceden lo administrativo y se proyectan de lleno sobre la responsabilidad política del intendente. (www.REALPOLITIK.com.ar)



