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miércoles, junio 4, 2025

Por decreto, el Gobierno oficializó la decisión de deslindar en las provincias la asistencia de las personas en situación de calle y el acceso a la vivienda

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Luego de la primera ola polar que provocó días de intenso frío en el AMBA y buena parte de la Argentina, el Gobierno de Javier Milei resolvió deslindar en la Ciudad de Buenos Aires y las provincias la asistencia de las personas en situación de calle, el sector más vulnerable a los afectos de las bajas temperaturas.

La medida, que había sido anticipada el viernes a la noche por el Ministerio de Capital Humano, fue confirmada este lunes a través de un decreto que fue publicado en el Boletín Oficial y que lleva la firma de Milei, la ministra Sandra Pettovello y el jefe de Gabinete, Guillermo Francos.

La versión oficial del Gobierno es que el objetivo de la reforma es «priorizar el abordaje territorial local, permitiendo de este modo que cada provincia y municipio, con mayor proximidad a sus habitantes, puedan asistir con eficacia y eficiencia a las personas que se encuentran en esta compleja situación» y plantea que el rol de Nación quedará reducido a la «rectoría y coordinación» de las acciones que se lleven adelante.

En ese sentido, como parte de los argumentos esgrimidos en el comunicado oficial, se planteó que la ley «prácticamente no había tenía ejecución» y que cuando se aplicó, siempre según el Gobierno, fue «de manera discrecional» con «subsidio económicos a un número muy reducido de organizaciones».

El decreto 373/2025 publicado este lunes modifica la ley Nº 27.654 en varios de sus artículos. En uno de ellos, por ejemplo cambió la autoridad de aplicación a la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia de la cartera de Capital Humano y establece que «actuará como órgano rector, a través de la aprobación de directrices y lineamientos generales en la materia».

En cuanto a la intervención del Gobierno, plantea que podrá hacerlo «de manera subsidiaria y/o complementaria a través de la asistencia a las jurisdicciones locales cuando estas no dispongan de los recursos presupuestarios o financieros necesarios» y exige que se establezcan mecanismo para garantizar la transparencia del uso de los fondos transferidos.

Así mismo, en la nueva redacción del artículo 3, la ley ahora dice que la Ciudad y las provincias son «responsables inmediatos» de la atención de las personas en situación de calle y en riesgo de situación de calle, por lo que tienen «a su cargo la elaboración e implementación de las políticas públicas pertinentes, para lo cual elaborarán sus propios planes y estrategias para abordar la problemática y brindar atención directa a sus destinatarios».

Por otra parte, se impuso una nueva redacción al artículo 10, en el que se aborda el derecho al acceso a una vivienda digna. «Las jurisdicciones locales, en coordinación con la Autoridad de Aplicación, deben elaborar e implementar políticas públicas de vivienda, inclusivas e integrales, tendientes a crear las condiciones para el goce efectivo del derecho de acceso a una vivienda digna para las personas en situación de calle o en riesgo de situación de calle”, dice ahora. El texto original de 2021 decía que era el Estado el que debía hacerse cargo de dichas políticas.

D.D.

Redacción

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