A través del Decreto 629/2025, publicado hoy en el Boletín Oficial, el Gobierno habilitó que kioscos y paradas de diarios puedan ofrecer servicios postales, tras inscribirse como operadores ante Enacom o mediante convenios con operadores habilitados. La medida también disolvió el Registro Nacional de Vendedores y Distribuidores de Diarios y Revistas, eliminando regulaciones consideradas obsoletas y fomentando la libre competencia.
La normativa permite a estos puntos de venta ofrecer múltiples servicios postales como:
- Entrega de correspondencia general, productos de compras electrónicas y paquetería.
- Servicios de guarda y depósito.
- Reparto de tarjetas bancarias, documentos como DNI y pasaportes.
Según el Ejecutivo, esta apertura regula el acceso a un mercado más abierto, elimina barreras legales y dinamiza el comercio y los servicios. La derogación del decreto 1025/00, que regulaba la distribución de diarios, es parte de la estrategia de desregulación postal iniciada el año pasado con el Decreto 1005/2024.