Mediante la Resolución 2214/2025, el Ministerio de Salud de la Nación oficializó la extensión de la receta electrónica al conjunto de las indicaciones médicas: medicamentos de prescripción restringida; estudios; prácticas; procedimientos y dispositivos médicos.
De esta manera, afirman desde la cartera sanitaria nacional, se completa el proceso iniciado el 1° de enero con la obligatoriedad de la receta electrónica para medicamentos, en cumplimiento de la Ley 27.553.
A partir de ahora, todas las órdenes médicas deberán emitirse de forma electrónica a través de plataformas registradas en el Registro Nacional de Plataformas Digitales de Salud (ReNaPDiS). Ello asegura un sistema unificado, interoperable y trazable en todo el país.
Para asegurar la sinergia del circuito de digitalización, la normativa vigente establece que los repositorios deben estar abiertos a todas las plataformas o sistemas de prescripción. Todo ello en función del financiador o cobertura de salud del paciente.
Sobre la receta electrónica
Esta normativa avanza en la implementación de la identificación unívoca y segura tanto del paciente como de cada receta emitida. Para garantizar la correcta identificación de la persona, se utilizará el CUIL como dato principal en todo el sistema de prescripción. A su vez, cada receta contará con una Clave Única de Identificación de Receta (CUIR). Esta permitirá ubicar cada prescripción de manera precisa y segura, sin alterar ni duplicar los registros originales. Esta clave será fundamental para fortalecer la trazabilidad de los tratamientos y garantizar la transparencia en todo el proceso.
Además, la nueva regulación establece un mecanismo específico para digitalizar las recetas archivadas o de prescripción restringida, como las que incluyen psicotrópicos y estupefacientes. Las plataformas digitales deberán garantizar el resguardo de estas prescripciones durante un plazo mínimo de tres años, asegurando el acceso a la información para tareas de monitoreo y fiscalización. De esta manera, el sistema de receta electrónica facilita el acceso y la continuidad de los tratamientos. Además, refuerza el control sanitario y la supervisión del uso de medicamentos sensibles.
“Un sistema de salud más moderno”
Los prestadores y plataformas de servicios de salud tendrán un plazo de 45 días para la identificación unívoca de las recetas; 90 días para la implementación de la solución de prescripción de medicamentos de receta archivada y 120 días para las de receta restringida. Desde el Ministerio de Salud se coordinarán los aspectos técnicos necesarios con los actores involucrados para facilitar el proceso. Cabe aclarar que, para aquellas situaciones en las que no sea posible su implementación, como ocurre en localidades alejadas o con dificultades de conectividad, seguirá vigente el uso de la receta en papel.
“Con esta medida, el Ministerio de Salud de la Nación avanza en la consolidación de un sistema de salud más moderno, eficiente y transparente. La implementación de la receta electrónica refleja el uso de la tecnología al servicio de la integridad. Así como la confidencialidad y la seguridad de la información médica. Busca facilitar la vida de las personas, y garantizar la trazabilidad, el control y el uso responsable de los recursos públicos”, destacaron como cierre.