Un representante deportivo presentó una demanda contra un futbolista por más de US$ 1.000.000, argumentando que había incumplido con su contrato tras firmar con un cuadro de segunda división sin avisar. La Justicia falló a favor del jugador, quien presentó un recurso contra el agente, pero este también fue desestimado.
El demandante —quien luego se comprobó que no figuraba en ningún registro oficial— se presentó en la Justicia para demandar al futbolista uruguayo, quien actualmente se encuentra jugando en la primera división de Perú.
Según su relato, a fines de 2021 habían firmado un contrato de representación deportiva, asesoramiento y agenciamiento. En este documento se estableció un plazo de tres años de vigencia, en los que el agente tendría total exclusividad. Como consecuencia de un posible incumplimiento, se definió una cláusula con una multa de US$ 900.000.
El representante aseguró en su demanda que meses después de haber firmado el contrato, el futbolista fichó por Rampla, que en ese momento se encontraba jugando en la segunda división. Según el demandante, esto significó un «incumplimiento flagrante«, ya que asegura no haber tenido conocimiento de la operación.
Es por esto que reclamó la indemnización de la multa pactada, que sumada a un pedido de US$ 180.000 por daños y perjuicios llegó a la suma de US$ 1.080.000. «Ha violado, con su conducta, los principios de buena fe, lealtad, razonabilidad e intangibilidad, por lo que deberá ser penalizado», aseguró en la demanda.
Por otra parte, el futbolista aseguró en su respuesta que el contrato «se encuentra viciado de nulidad» y señaló al representante de actuar de «mala fe».
Relató que ambos se conocieron en 2017 mientras él jugaba en un equipo del interior. Y acusó al agente de haber generado un vínculo de confianza con el objetivo de luego hacer un contrato «nulo y plagado de malas intenciones«.
Fue así que lo llevó a dos equipos menores de Brasil, en los que sostuvo que no estaban cubiertas las condiciones básicas de trabajo. Entre otras irregularidades, aseguró que tuvo que pagar el alojamiento y que se quedó sin hospedaje al poco tiempo, sin obtener respuesta de su representante.
Al llegar a Migraciones para retornar a Uruguay se le impuso una multa de 8.600 reales por exceder el período de permanencia sin documentación habilitante, lo que tuvo que ser abonado por el deportista. Luego de esto permanecieron sin contacto, por lo que resolvió volver a jugar al fútbol de forma amateur hasta conseguir un nuevo club.
De esta forma consiguió firmar con un club histórico en la segunda división por un sueldo menor a $ 30.000. Si bien el agente le presentó una supuesta oferta de otro club menor de Brasil, el jugador consideró que no estaban dadas las condiciones para volver al país norteño, por lo que nuevamente se cortó la comunicación entre ambos.
Según su postura, el contrato es nulo por varios aspectos. Entre ellos, que el agente no está registrado en FIFA ni en la Asociación Uruguaya de Fútbol (AUF), lo que confirmó este mismo organismo luego de un oficio de la Justicia.
Para resolver y desestimar la demanda del representante, la jueza Jennifer Castillo citó una sentencia de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) que dice que «la interpretación de los contratos no puede limitarse a su tenor literal porque su objeto es la manifestación de voluntad de las mismas». Esto significa que el juez debe contemplar otras pruebas para determinar cuál fue la voluntad de las partes más allá del texto del contrato.
«No cabe duda que el consentimiento se encuentra viciado por dolo y, por ende, provoca la nulidad del negocio jurídico», aseguró en su resolución. Además, el contrato supera el límite de años permitido —firmaron por tres años cuando el máximo es de dos.
Luego del fallo de la jueza, el agente apeló argumentando una errónea valoración de la prueba y mala aplicación de la normativa, pero también fue rechazado por un Tribunal de Apelaciones.
«Se considera adecuada la solución adoptada en primera instancia», dice la sentencia a la que accedió El País, que destaca las cláusulas abusivas y el ocultamiento de que no era un representante registrado.
Los ministros remarcaron que el hombre no estaba capacitado en la materia a nivel nacional e internacional, lo que tuvo como consecuencia «la nulidad absoluta» de todo el contrato.
Jugador pidió indemnización por daño moral
Además de responder la demanda presentada por su exrepresentante, el futbolista pidió una indemnización de US$ 100.000 argumentando haber sufrido daño moral. Según expresó en su escrito, vivió «nerviosismo y angustia extrema ante la amenaza de una multa que no alcanzaría a pagar ni en cinco vidas», lo que habría generado repercusión en su rendimiento deportivo.
También remarcó su «derecho a trabajar«, argumentando que no podía quedarse sin hacerlo a la espera de que su representante le consiguiera un equipo.
Entre otros incidentes desarrollados en el documento, relató haberle pedido al contratista ayuda para pagar un alquiler, lo que le habría sido negado, al igual que el acceso a vitaminas, gimnasio y championes de fútbol.
Además, hizo mención a que, por contrato, el representante recibía el 10% del importe neto de todos los ingresos que generara como deportista, así como el 20% del importe neto de todos los ingresos que percibiera derivados de la explotación comercial o publicitaria. «Aun en caso de vencido o rescindido este contrato, el representante continuará percibiendo la remuneración acordada”, dice el escrito al que accedió El País.
A raíz de esta situación, pidió que se aplique una «sanción ejemplarizante» y que se condene al representante por daño moral.
Con respecto al pedido del jugador, la jueza Castillo también lo desestimó, entendiendo que no se llegaron a presentar las pruebas necesarias para computar daño moral.