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jueves, noviembre 6, 2025

Revés judicial para Cristina Kirchner: rechazaron un pedido para volver a cobrar las pensiones de privilegio

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El Juzgado Federal de la Seguridad Social N°1, a cargo de Karina Alonso Candis, rechazó este miércoles el pedido realizado por la ex presidenta Cristina Kirchner para que se le restableciera el beneficio de la asignación mensual vitalicia que percibía como viuda del fallecido ex mandatario Néstor Kirchner.

El beneficio había sido suspendido por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), que depende del Ministerio de Capital Humano. El organismo previsional le reclamará además a la exgobernante y actual titular del Partido Justicialista (PJ) que devuelva el monto cobrado con anterioridad, cifra que se ubicaría en torno a los 1.000 millones de pesos.

Qué decía el reclamo de Cristina Kirchner por su jubilación de privilegio

En el marco de esta causa judicial, la ex mandataria venía reclamando la nulidad de las resoluciones que dieron de baja tanto su pensión como la que le correspondía por su propio mandato presidencial.

El planteo de Cristina Kirchner argumentaba que la demora en la resolución definitiva del proceso judicial podría afectar sus derechos a la seguridad social y su subsistencia.

Además, sostenía que la medida cautelar no resolvía el fondo del asunto, ya que existía una sentencia firme previa que le reconocía el beneficio.

Pensiones de privilegio: qué respondió ANSES al reclamo de Cristina Kirchner

ANSES respondió rechazando la medida cautelar, argumentando que el beneficio previsto en la ley 24.018 para presidentes, vicepresidentes y sus viudas es una asignación graciable, es decir, un reconocimiento excepcional que no depende de aportes previsionales, sino que se otorga como contraprestación al honor y buen desempeño en el cargo.

En esa línea, el organismo afirmó que la medida cautelar pretendida se confundía con el objeto principal de la demanda y que no se verificaban los requisitos legales para suspender el acto administrativo cuestionado.

La medida solicitada por quien acciona afecta el interés público, ya que se estaría ordenando el pago de un beneficio de significativa consideración económica y se vulnerarían las políticas de veracidad y transparencia en la gestión de los asuntos públicos, dos aspectos cruciales en la lucha eficiente contra la corrupción, todo lo cual afectaría los recursos del Estado”, argumentó el organismo previsional al respecto.

Redacción

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