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Terapistas Ocupacionales: La justicia ratificó la vigencia de la matriculación

Un fallo del Juzgado en lo Contencioso Administrativo Nº 3 de La Plata declaró la caducidad de la instancia en la causa iniciada por un grupo de profesionales que buscaban objetar la creación del Colegio Profesional de Terapia Ocupacional de la Provincia de Buenos Aires (COTOBA) y el carácter obligatorio de la matriculación establecida por la Ley 15.200.

La resolución, firmada por la jueza Güendalina Sessarego, no ingresó al tratamiento de fondo por la inactividad procesal de la parte actora durante más de seis meses. Sin embargo, el efecto práctico es claro: la normativa que dio origen al Colegio y dispuso la matriculación obligatoria tiene plena vigencia para la justicia bonaerense.

El tribunal hizo lugar al planteo de caducidad formulado por la representación del COTOBA, tras constatar que la parte demandante no impulsó el expediente dentro de los plazos que establece el Código Contencioso Administrativo. La consecuencia fue el cierre del proceso, con imposición de costas a la actora.

Más allá de la cuestión técnica, el dato institucional es relevante para el colectivo profesional. Con esta decisión, ninguna de las presentaciones judiciales promovidas contra el COTOBA logró prosperar. La arquitectura legal que sostiene su funcionamiento no fue suspendida ni limitada por resolución alguna.

Para el sector, esto implica un escenario de previsibilidad. La matriculación obligatoria en el Colegio no es una opción ni una instancia voluntaria, sino una exigencia legal para el ejercicio profesional en la provincia de Buenos Aires y la falta de cuestionamientos judiciales exitosos consolida ese marco.

En paralelo, el COTOBA viene intensificando su política de control del ejercicio profesional. Desde su puesta en marcha, impulsa activamente la matriculación y desarrolla una estrategia sostenida frente a situaciones de ejercicio ilegal, intrusismo y ofertas académicas engañosas que inducen a error sobre incumbencias y alcances del título.

En ese contexto, el Colegio ha promovido denuncias penales cuando detecta casos que encuadran en ejercicio ilegal de la profesión, como una señal inequívoca para el resguardo del campo profesional y la protección de la comunidad usuaria de servicios.

El fallo conocido ahora refuerza ese posicionamiento institucional. Sin medidas cautelares vigentes ni declaraciones de inconstitucionalidad, la Ley 15.200 continúa desplegando todos sus efectos. Para quienes ejercen la terapia ocupacional en territorio bonaerense, el marco regulatorio es claro y operativo.

En términos prácticos, la decisión judicial despeja incertidumbres y consolida el proceso de organización colegiada del sector. En un escenario donde la regulación profesional es clave para garantizar estándares de calidad, ética y responsabilidad, la ratificación indirecta de la vigencia normativa adquiere peso propio.

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Redacción

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