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miércoles, julio 30, 2025

Un vecino de Bragado le ganó un juicio a Google por mostrarlo desnudo en Street View

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Un hombre de Bragado ganó un juicio contra Google por una imagen captada por Street View que lo mostraba desnudo dentro de su vivienda. La Justicia consideró que se trató de una violación a la intimidad y al derecho a la imagen, y condenó al gigante tecnológico a pagar una indemnización de 3 millones de pesos, que con los intereses acumulados desde 2017 asciende a más de 16 millones y medio.

La imagen, tomada sin consentimiento desde la vía pública, mostraba el frente de su casa y, a través de un ángulo particular, dejaba ver al hombre completamente desnudo de espaldas, en su patio, detrás de un muro de unos dos metros. La foto fue publicada en Google Maps y luego replicada por un medio local y un canal de televisión.

El afectado, que en ese momento se desempeñaba como policía, supo de la existencia de la imagen al ver un noticiero y, desde entonces, comenzó a recibir burlas por parte de sus vecinos y compañeros de trabajo.

En la demanda, su abogado explicó que esa exposición no consentida le provocó un daño profundo, obligándolo a recluirse y afectando su desempeño profesional. Alegaron que se violaron los artículos 52 y 53 del Código Civil y Comercial, que protegen los derechos a la honra, la reputación y la imagen personal.

En primera instancia, el juez Eduardo Caruso rechazó la demanda con argumentos polémicos. Sostuvo que el afectado debía asumir las consecuencias de su «conducta inmoral», señalando con sarcasmo que «no estaba en el Jardín del Edén» y que los verdaderos damnificados habían sido «sus propios vecinos». Incluso ironizó que el hombre “se disparó en el pie” y que su intención era obtener una ventaja económica.

Sin embargo, la Sala H de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil revocó ese fallo. Los camaristas José Benito Fajre, Liliana Abreut de Begher y Claudio Kiper destacaron que, si bien el rostro del hombre no era visible, la dirección era fácilmente identificable, especialmente en un pueblo chico como Bragado, lo cual permitía reconocerlo sin dificultad. El tribunal ponderó que el caso presentaba una tensión entre la libertad de información y los derechos a la privacidad e intimidad, protegidos por los artículos 14 y 19 de la Constitución Nacional.

Desde Google argumentaron que no había violación porque no se podía identificar al sujeto, pero la Cámara consideró que sí era posible ubicarlo con claridad, y que, además, la empresa debía responder por los daños causados por el riesgo propio de su actividad, conforme al artículo 1757 del Código Civil y Comercial. Este artículo establece que la responsabilidad es objetiva y no se exime por cumplir con habilitaciones o protocolos técnicos.

Los camaristas también ordenaron la eliminación inmediata de la imagen de la plataforma, bajo pena de una multa de 100 mil pesos por cada día que continúe publicada. En un tono que contrasta con la sentencia inicial, el fallo concluye: “Nadie quiere aparecer a los ojos del universo tal como Dios lo envió al mundo”.

El tribunal absolvió al medio de comunicación y al cableoperador que difundieron la imagen, pero confirmó la responsabilidad exclusiva de Google. La empresa deberá pagar 3 millones de pesos más intereses desde septiembre de 2017, lo que representa un total superior a los 16 millones y medio de pesos, según el cálculo de la tasa activa del Banco Nación.

Este fallo marca un antecedente importante en materia de protección de la intimidad digital, y pone en cuestión los límites del uso de herramientas como Google Street View en la vida cotidiana.

Redacción

Fuente: Leer artículo original

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