La legislación establece un proceso estricto para proteger la voluntad del paciente y asegurar una revisión exhaustiva del caso:
- Condiciones de Acceso: Solo podrán solicitar el procedimiento ciudadanos uruguayos o extranjeros con residencia fehaciente en el país, que padezcan una enfermedad terminal o sufrimientos insoportables e irreversibles.
- Doble Revisión Médica: La ley exige un riguroso proceso de revisión. El médico tratante que acepta la solicitud debe someter el caso a la consideración de un segundo médico independiente, quien debe revisar el historial clínico y confirmar la voluntad del paciente en una consulta presencial.
- Objeción de Conciencia: Se garantiza el derecho a la objeción de conciencia para el personal e instituciones médicas que no deseen participar en el procedimiento, asegurando al mismo tiempo que el sistema de salud disponga de los servicios necesarios para quienes sí deseen ejercer su derecho.
- Revocación en Cualquier Momento: Un punto crucial de la ley es que el paciente mantiene la potestad de retractarse o arrepentirse de su decisión en cualquier instancia del proceso.
A efectos legales, y buscando despenalizar completamente la acción, los procedimientos de eutanasia asistida serán considerados como muertes naturales. El Poder Ejecutivo tendrá ahora un plazo de seis meses para reglamentar la norma y ponerla en plena vigencia.
El apoyo popular a la medida, que según encuestas supera el 60% de los uruguayos, fue un factor determinante en la aprobación de esta ley que redefine el concepto de dignidad humana en el contexto de la salud pública y los derechos individuales.