Radiografía de la Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada: qué se aprobó

La media sanción que el Senado le otorgó al proyecto de Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada dejó un texto sustancialmente modificado respecto del borrador impulsado por el Poder Ejecutivo. Tras intensas negociaciones en la labor parlamentaria y bajo la presión de la movilización popular en las afueras del Congreso, el oficialismo debió amputar capítulos enteros de la norma para garantizar los 37 votos con los que logró la aprobación general.

A continuación, un desglose en detalle de los principales cambios que introduce el proyecto y los puntos que debieron ser retirados.

Lo que SÍ se aprobó en el Senado

El corazón del dictamen aprobado se concentró en reformas al Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y a la Ley de Expropiaciones, con el objetivo explícito de acelerar la restitución de bienes.

Restitución inmediata y desalojos «exprés»

  • Inmuebles usurpados o tomados: Se modifica el artículo 676 del Código Procesal Civil y Comercial para habilitar una medida cautelar de restitución anticipada. Un juez civil o penal podrá fijar el desalojo en un plazo máximo de 72 horas desde que la querella acredita el título de propiedad o la verosimilitud del derecho, sin necesidad de esperar a la sentencia firme del juicio principal.
  • Inquilinos en mora o vencimiento de contrato: Se crea un trámite sumario de desalojo. Ante el impago de dos meses consecutivos o la negativa a restituir el inmueble tras el vencimiento del contrato, el locador queda habilitado para intimar mediante carta documento y, transcurridos 10 días corridos sin regularización, requerir el lanzamiento judicial directo.

Límites a la Expropiación Estatal y Causas de Utilidad Pública

  • Interpretación restrictiva: La declaración de «utilidad pública» por parte del Estado requerirá una ratificación por mayoría calificada en el Congreso si afecta más de un predio en simultáneo.
  • Tope indemnizatorio: Se introducen topes a la indemnización que el Estado debe pagar al expropiar. El pago en concepto de lucro cesante no podrá superar el 30% del valor fiscal actualizado del terreno, eliminando la posibilidad de tasaciones judiciales basadas en proyectos comerciales a futuro.

Regularización de Dominios y Simplificación Registral

  • Se reduce de 20 a 10 años el plazo para solicitar la regularización dominial sobre viviendas únicas familiares que demuestren posesión pacífica e ininterrumpida antes de la promulgación de la ley, siempre que no registren querellas por usurpación.

Lo que quedó AFUERA por falta de votos

Las objeciones de bloques aliados y la fuerte oposición social obligaron a retirar tres de los componentes más controvertidos del proyecto original:

Derogación de límites a la Ley de Tierras

  • El proyecto inicial: Buscaba eliminar las restricciones que impiden que personas físicas o jurídicas extranjeras posean más del 15% de la tierra rural a nivel nacional, provincial o municipal, así como la prohibición de vender zonas ribereñas o limítrofes.
  • El resultado: El capítulo fue excluido en su totalidad. Se mantienen vigentes los topes fijados por la Ley 26.737.

Reformas a la Ley Nacional de Manejo del Fuego (Ley 26.815)

  • El proyecto inicial: Contemplaba levantar la restricción de 30 y 60 años que actualmente impide la venta, cambio de uso de suelo o emprendimientos inmobiliarios y agrícolas en superficies arrasadas por incendios forestales.
  • El resultado: Tras el rechazo en comisiones y la presión de sectores ambientales y de la agricultura familiar, el oficialismo eliminó la propuesta para no frustrar la sesión.

Inmuebles dentro del Registro Nacional de Barrios Populares (ReNaBaP)

  • El proyecto inicial: Planteaba flexibilizar el régimen de suspensión de desalojos que ampara a las familias asentadas en los polígonos del ReNaBaP.
  • El resultado: El artículo fue retirado del texto final para evitar un freno judicial por inconstitucionalidad.

Próximos pasos legislativos

Con esta media sanción obtenida en la Cámara Alta, el texto recortado fue girado a la Cámara de Diputados, donde ingresará a las comisiones de Legislación General y Presupuesto y Hacienda. De no sufrir nuevas modificaciones en la Cámara Baja, el proyecto quedará convertido en ley; si Diputados reintroduce alguno de los capítulos eliminados, deberá retornar al Senado en segunda revisión.

Fotos: Infobae

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