La Cámara Penal, Juvenil, Contravencional y de Faltas de la ciudad de Buenos Aires revocó este viernes el fallo de la jueza Laura De Marinis que había declarado inconstitucional la baja de la edad de imputabilidad a 14 años en el caso de un menor de esa edad que intentó robo un celular y lo sobreseyó del caso.
La decisión fue tomada por unanimidad por los camaristas Jorge Franza, Ignacio Mahiques y Patricia Larocca que con su fallo declararon la constitucionalidad de la ley y dispusieron que el menor siga siendo investigado. Pero también apartaron a De Marinis de la causa porque ya hizo «un adelanto de posición y criterio». Ahora se sorteará un nuevo magistrado para intervenir.
«Pueden formularse críticas fundadas a la reducción de edad, al máximo de pena, a la amplitud de ciertos supuestos o a los residuos tutelares del régimen, que son importantes para el debate público y para una eventual reforma; pero mientras no revelen una contradicción constitucional concreta, no autorizan a reemplazar judicialmente la opción legislativa por la que el tribunal estime preferible», señalaron los jueces en su fallo al que accedió Clarín en el que también hablaron de un «un manifiesto exceso jurisdiccional contrario a las reglas del debido proceso legal».
La jueza De Marinis había sobreseído a un chico de 14 años que el 10 de septiembre pasado intentó robarle, junto con otros menores, un celular a un hombre en Palermo. La magistrada, en el fallo que ahora revocaron, lo desvinculó del caso al declarar inconstitucional el artículo 1 de la nueva ley de menores que bajo a 14 años la edad a partir de la cuál una persona puede ser punible. La norma -que entró en vigencia el 5 de septiembre- establece además una escala de sanciones donde la detención es la última instancia y para delitos especialmente graves y violentos.

Entre sus argumentos, la magistrada señaló que la baja de la edad es regresiva y viola la protección integral de los derechos de los menores en contradicción con la Convención de los Derechos del Niño. También que el chico atraviesa una situación familiar y social de vulnerabilidad y que el delito que cometió –tentativa de robo- no es grave.
También que la conducta del menor «guarda directa relación con la etapa vital y al desarrollo de la corteza prefrontal que es la encargada de regular los impulsos y también de medir las consecuencias de las propias conductas».
El fallo generó polémica y se sumó a otra resolución de una jueza de menores de Lomas de Zamora que semanas atrás había suspendido la norma por 60 días en la provincia de Buenos Aires. El jefe de Gobierno. La decisión fue duramente criticada por el jefe de Gobierno de la ciudad de Buenos Aires, Jorge Macri, y por funcionarios del gobierno nacional de Javier Milei. El Ejecutivo porteño presentó un pedido de juicio político para que la jueza sea destituida por mal desempeño.

En apoyo a la jueza, la Federación Argentina de la Magistratura (FAM) y un grupo de cerca de 100 jueces respaldaron a De Marinis y criticaron el pedido de juicio político. «La crítica de las sentencias es legítima en una sociedad democrática, y quienes discrepan con ellas cuentan con las vías recursivas que el ordenamiento prevé”, señaló la FAM.
El fallo fue apelada por el fiscal Mauro Tereszko que también pidió el apartamiento de la magistrada. La Cámara aceptó sus planteos.
En su voto, el juez Mahiques sostuvo que la De Marinis declaró inconstitucional el artículo de una ley nacional sin explicar porqué es incompatible con la Constitución Nacional. El magistrado sostuvo que la magistrada enumeró una serie de derechos que «no explican por qué el umbral de punibilidad fijado en catorce años resulta incompatible con ese conjunto de derechos».
El magistrado, cuyo voto fue compartido por Larocca, agregó que la baja de la edad a 14 años «no significó incorporar a los adolescentes al sistema penal de adultos». «El régimen no contiene una única respuesta ni conduce inevitablemente a la imposición de una pena de prisión, como se deduce del fallo que aquí se inspecciona», señaló y detalló las salidas alternativas a la prisión que da la ley.

Sobre las necesidades sociales y familiares que atraviesa el menor, la Cámara señaló que «son relevantes y deben recibir una respuesta estatal concreta, pero de ellas no se sigue que el único modo de garantizar derechos sea excluirlo del régimen».
En esa línea, el juez Franza sostuvo que el fallo de De Marinis «configura un manifiesto exceso jurisdiccional contrario a las reglas del debido proceso legal y al principio que estructura el proceso penal en la Ciudad afectando el sistema acusatorio».
El tribunal también la apartó del caso porque «al expedirse sobre la entidad del hecho, su grado de ejecución y la afectación concreta del bien jurídico, la jueza anticipó valoraciones vinculadas con el mérito de la imputación que deberán ser nuevamente examinadas durante la continuación del proceso, circunstancia que justifica su apartamiento».
Ahora se sorteará un nuevo juez para que intervenga en la causa.

