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miércoles, mayo 21, 2025

Causa Vialidad: “La Corte Suprema tiene tres posibilidades en relación a Cristina”, analizó un especialista

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En los últimos días, en el marco de la causa Vialidad, el procurador general de la Nación interino, Eduardo Casal, sostuvo el recurso presentado por el fiscal general Mario Alberto Villar ante la Cámara Federal de Casación Penal, en cual solicita elevar penas y revocar absoluciones.

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De esta manera, Casal, el jefe (interino) de los fiscales del país, respaldó el recurso extraordinario presentado por el fiscal general Villar, contra la sentencia de la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, que había confirmado la absolución de Cristina Fernández de Kirchner, Lázaro Báez, José López y Nelson Periotti por el delito de asociación ilícita.

«Lo que ha hecho el procurador Casal es mantener el recurso de queja que presentó el fiscal de Cámara».

Andrés Gil Domínguez, abogado constitucionalista.

La sentencia apelada por Villar también había confirmado las condenas de Fernández de Kirchner, Báez y López, entre otros, por administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública, y ratificado las absoluciones de Julio De Vido, Abel Fatala y Héctor Garro.

En el caso de CFK, es importante recordar que, en diciembre de 2022, el Tribunal Oral Federal (TOF) 2 condenó a la entonces vicepresidenta a la pena de “seis años de prisión e inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos” tras encontrarla culpable del delito de “administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública con la obra pública en Santa Cruz”.

En noviembre de 2024, la Cámara Federal de Casación Penal ratificó el fallo del Tribunal Oral en la causa Vialidad, y confirmó la condena de la expresidenta de la Nación. Este segundo fallo abrió las puertas para que las partes puedan apelar ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Y, en efecto, la defensa de CFK presentó el recurso ante el máximo tribunal.

Cómo puede seguir la causa

La Corte Suprema no tiene plazos para resolver. Según afirmó el ministro de la Corte Suprema Ricardo Lorenzetti, quien fue recusado por la defensa de Fernández de Kirchner, el pronunciamiento de Casal era un paso que acorta el camino del máximo tribunal para emitir sentencia.

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En medio de este panorama, consultado por El1, el abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez analizó: “Lo que ha hecho el procurador Casal es mantener el recurso de queja que oportunamente presentó el fiscal de Cámara, a través del cual recurrió la sentencia de la Cámara de Casación Penal, que no hizo lugar a ampliar la condena al delito de asociación ilícita y poner una pena de 12 años. Pero no es que Casal dictaminó. Casal lo que hizo fue mantener el recurso que interpuso oportunamente el fiscal de Cámara ante la Corte Suprema de Justicia”.

«Por la trascendencia de este caso, el fallo de la Corte debería tener fundamentos, razones, argumentos».

Andrés Gil Domínguez, abogado constitucionalista.

En otras palabras, el procurador Casal, según el letrado, respaldó el recurso del fiscal Villar de solicitar ampliar la condena a CFK, e incluir condena por el presunto delito de “asociación ilícita”, que incluiría, de concretarse, una pena de 12 años de prisión.

Domínguez considera poco probable esta última opción, y señala a El1 que los caminos que tiene la Corte por delante son tres. «Esto lo va a resolver la Corte Suprema de Justicia, que tiene tres posibilidades. La primera es mantener la sentencia del tribunal oral, ratificada por la Cámara de Casación, y condenar a Cristina a seis años de prisión e inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos. La segunda, absolver a Cristina de esta condena. Y, en tercer lugar, mantener la condena y a su vez agregar el tipo de asociación ilícita”.

“Creo que este último caso es muy improbable, porque aparte se le generaría un problema constitucional a la Corte, que es la revisión o el doble conforme. Porque cuando una persona es absuelta en instancias anteriores y es condenada por primera vez, entonces tiene que tener un derecho a revisar esa parte de la condena”, explicó.

En esta línea, Gil Domínguez ahondó todavía más en su análisis. “También es poco probable que la Corte revoque la sentencia. Las probabilidades más altas están dadas porque mantenga el fallo del Tribunal Oral y de Casación”.

“(En materia de fundamentos) la Corte tiene dos posibilidades. Una es resolver algo con fundamentos, y dar sus razones.  La otra es aplicar un artículo del Código Procesal Civil y Comercial, que es el artículo 280, que le permite a la Corte rechazar estos recursos sin dar ningún argumento, que es el que más utiliza a diario o semanalmente en todos los acuerdos. A mí me parece que, por la trascendencia de este caso, la Corte debería dictar un fallo con fundamentos, con razones, con argumentos. No escudarse en esta norma que, por su mera aplicación, permite a la Corte rechazar el recurso sin decir nada”, concluyó.

Redacción

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