14.7 C
Buenos Aires
viernes, mayo 23, 2025

Argentina: la conectividad como política federal. El Enacom limita las barreras municipales

Más Noticias

La reciente Resolución del Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) en el conflicto entre el ISP MEGA SAT y la Cooperativa Eléctrica de Pehuajó, reafirma el principio de prevalencia del derecho federal en materia de telecomunicaciones y pone freno a las prácticas locales que restringen el desarrollo de redes bajo pretextos normativos incompatibles con el orden jurídico nacional.

El caso y su trasfondo

En abril de 2024, MEGA SAT denunció que la Cooperativa de Pehuajó le negó el acceso a sus postes para desplegar una red de fibra óptica, con base en las Ordenanzas Municipales 87 y 88/2019, que limitan el uso de infraestructura a quienes resulten adjudicados en el plan local “Poder Conectarte”.

Sin embargo, esta restricción contradice abiertamente la Ley 27.078 (“Argentina Digital”) y su reglamentación.

Esta norma de orden público declara de interés nacional el desarrollo de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC), impone la neutralidad de las redes y garantiza el acceso en condiciones equitativas, objetivas y no discriminatorias.

El artículo 4 del Reglamento de Compartición de Infraestructura Pasiva, aprobado por la Resolución 105/2020, obliga a los licenciatarios de TIC permitir el acceso a su infraestructura pasiva, salvo excepciones expresamente previstas en el artículo 6 del mismo reglamento, las cuales no se verificaron en este caso.

Precedente de la Corte Suprema: la no interferencia local

La postura del Enacom se alinea con el criterio establecido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el fallo “Telefónica Móviles Argentina S.A. c/ Municipalidad de Gral. Güemes” (2019).

Allí, el tribunal sostuvo que la competencia municipal en materia de obra civil no puede extenderse a la regulación técnica del servicio de telecomunicaciones, y que las normas locales no deben entorpecer ni impedir el cumplimiento de los fines perseguidos por la legislación federal.

La Corte remarcó que “el correcto ejercicio de las competencias de las distintas jurisdicciones debe basarse en la coordinación, con un fin de ayuda y no de destrucción” y que las autoridades locales deben abstenerse de imponer cargas regulatorias que interfieran con servicios de interés público y alcance federal, como las telecomunicaciones.

Pehuajó: brecha digital y exclusividad

En términos concretos, Pehuajó presenta indicadores preocupantes. Según datos del propio Enacom:

Sólo 57 por ciento de los hogares de la ciudad acceden a servicios de Internet fija.

La velocidad promedio de conexión es de 23,19 Mbps, frente a un promedio nacional de 139,25 Mbps y 157,41 Mbps en la provincia de Buenos Aires.

Entre 2019 y 2024, el número de accesos creció de 5.022 a 6.549, pero con escasa variedad de prestadores y una mayoría de usuarios concentrados en un solo proveedor con tecnología de fibra óptica.

Estos datos reflejan una situación de estancamiento en la calidad del servicio y falta de competencia efectiva, lo cual impacta directamente en los derechos de sus habitantes.

El rol estratégico del Enacom

Frente a esta realidad, el Enacom cumple una función esencial: desarticular las barreras locales que restringen el ingreso de nuevos operadores y garantizar condiciones equitativas para el uso de infraestructura, promoviendo así un mercado plural, competitivo y eficiente.

La resolución que ordena a la Cooperativa de Pehuajó permitir el acceso a MEGA SAT

S.R.L. pone en valor los principios de obligatoriedad, no discriminación, libertad de contratación y buena fe en la compartición de infraestructura. Además, recuerda que las normas locales no pueden desconocer el principio de supremacía del derecho federal, especialmente cuando se trata de servicios TIC, estratégicos para el desarrollo del país.

Conclusión

La conectividad ya no es un lujo ni una opción: es una condición indispensable para ejercer derechos básicos. Permitir que normas locales bloqueen el acceso de nuevos operadores, bajo pretextos administrativos o contratos exclusivos, es ilegal.

El precedente de Pehuajó reafirma que la infraestructura de telecomunicaciones es un bien estratégico nacional, y que el desarrollo equitativo del país requiere una visión federal, moderna y colaborativa. En esa tarea, el Enacom actúa no sólo como regulador técnico, sino como garante del interés público y de los derechos digitales de millones de argentinos.

Redacción

Fuente: Leer artículo original

Desde Vive multimedio digital de comunicación y webs de ciudades claves de Argentina y el mundo; difundimos y potenciamos autores y otros medios indistintos de comunicación. Asimismo generamos nuestras propias creaciones e investigaciones periodísticas para el servicio de los lectores.

Sugerimos leer la fuente y ampliar con el link de arriba para acceder al origen de la nota.

 

- Advertisement -spot_img

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

- Advertisement -spot_img

Te Puede Interesar...

El Gobierno avanza en un cambio inédito para que las golosinas y otros alimentos dañen menos la salud

El Gobierno busca eliminar una serie de colorantes sintéticos derivados del petróleo que se usan en las golosinas y...
- Advertisement -spot_img

Más artículos como éste...

- Advertisement -spot_img