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viernes, mayo 23, 2025

Unas 142.000 personas de 60 años o más deben reconocer sus años de trabajo previos a abril de 1996 ante el BPS

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Jimena Pardo, presidenta del BPS.

Francisco Flores. El País

Unos 142.000 trabajadores de 60 años de edad o más deben hacer el trámite de reconocimiento de sus años de trabajo (previos a abril de 1996) hasta el 31 de mayo de 2026, para jubilarse ante el Banco de Previsión Social (BPS), según cálculos del ente estatal. El Poder Ejecutivo prorrogó el plazo por un año(vencía el 31 de mayo próximo) para el reconocimiento de esos años de trabajo en este grupo poblacional.

En la franja de 60 años o más, unos 40.000 trabajadores tienen actividad registrada en BPS hoy y unos 100.000 la tuvieron en algún momento. Así totalizan las 142.000 personas a las que el BPS se ha propuesto llegar. Incluso podría haber más.

El BPS detectó que solo se presentaron alrededor de 1.000 personas para hacer el reconocimiento de servicios y por eso el Poder Ejecutivo extendió un año el plazo.

En rueda de prensa ayer la presidenta del BPS, Jimena Pardo, señaló que ésto se debió a que la información al respecto no se había difundido lo suficiente, por lo que ahora harán una campaña masiva sobre la importancia de que se realice el trámite correspondiente. De lo contrario, el interesado no podrá realizarlo posteriormente, según advirtió e indica la ley.

“Cuando asumimos (se refiere a su cargo de presidenta del BSP) hace un par de meses, sabíamos que ésto sería un problema y un desafío, porque si a la persona se le vence el plazo y no hizo el reconocimiento, no lo va a poder hacer más, con lo que queda afectada al acceso a un beneficio, jubilación o pensión”, afirmó Pardo.

La iniciativa de prórroga fue decretada por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) y el presidente de la República, Yamandú Orsi.

Así “se extendió por un año el plazo para que los trabajadores dependientes y no dependientes, que tenían 60 años o más al 1° de junio de 2023, pueden solicitar el reconocimiento de años trabajados antes de abril de 1996”.

Esto significa que podrá iniciarse la solicitud hasta el 31 de mayo de 2026. Pardo agregó que, eventualmente, podría haber otro año más de prórroga, dependiendo de la evolución de este tema.

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Presidenta del BPS, Jimena Pardo.

Francisco Flores. El País

La presidenta del BPS aclaró que, antes, los uruguayos podían reconocer sus años de trabajo al jubilarse, pero las nuevas disposiciones indican que deben hacerlo hasta determinadas fechas, aunque aún no hayan decidido dejar de trabajar. El plazo es perentorio.

“Las personas de este grupo (de 60 años o más) pueden reconocer sus años de trabajo hasta el 31 de mayo de 2026. Si se van a jubilar o no ahora es otro tema. Lo que tiene que entrar ahora es el trámite de reconocimiento de años trabajados”, reafirmó Pardo.

El nuevo decreto establece que es “oportuno modificar el cronograma establecido por la ley 20.130 y ratificado por decreto N° 228/023, prorrogando la finalización del plazo para el primer colectivo (personas con 60 o más años de edad al 1° de junio de 2023)”.

Por otra parte, para las personas que al 1° de junio de 2023 tenían entre 55 y 59 años de edad, el plazo para solicitar este reconocimiento se encuentra habilitado hasta el 31 de mayo de 2027, tal como ya estaba previsto. Para los otros grupos menores de 60 años tampoco cambió la disposición. Es decir, las personas que tenían entre 50 y 54 años el 1º de junio de 2023, tienen el plazo hasta el 31 de mayo de 2029. Y las personas que tenían 49 años o menos el 1º de junio de 2023, tienen hasta el 31 de mayo de 2031.

La historia laboral existe desde abril de 1996 en adelante, por lo que es altamente probable que las personas que hayan comenzado a trabajar a partir o alrededor de esa fecha ya tengan el reconocimiento de sus años completo.

Eso no ocurre con las personas de la franja de los 60 años de edad o más (primer grupo).

Al decir de Pardo, “la historia laboral no existía hasta el año 1996, por eso hay que probar que se ha trabajado antes de esa fecha. No estamos hablando de quienes no aportaron, sino de quienes lo hicieron pero no había historia laboral”, aclaró.

“En algunas actividades la historia laboral está reconstruida, pero no en otras, como por ejemplo las informales”, agregó.

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Foto: Freepik.

La gestión del primer grupo podrá realizarse de forma presencial o a través del sitio web del BPS con el Usuario Personal. Para agendarse comunicándose al 0800 1997, o ingresando al link: www.bps.gub.uy/11452/.

En cambio, quienes se agenden a partir del próximo 1° de junio serán posteriormente contactados por el BPS para coordinar día y hora de atención.

Cabe agregar que Pardo señaló que el trámite es diferente en cada caso, dependiendo de si la persona tiene algún documento en su poder de que trabajó efectivamente en una empresa; incluso si la compañía está abierta, podría concurrir a la misma y llenar una serie de planillas; o si se trata de un caso sin respaldos, aunque así igual se puede declarar.

El BPS se ha propuesto agilizar los trámites, pero prevé que los que corresponden al primer grupo será más lento, porque es el que tiene más antecedentes laborales antes de 1996.

Asimismo, el BPS comenzará una campaña de difusión multicanal en redes sociales, la página web del ente, entrevistas de autoridades a los medios y viajes explicativos al interior del país.

Cambiar la distribución de aportes entre BPS y AFAP

El planteamiento de la opción de revocación del artículo 8 de la Ley 16.713 que regula la distribución de los aportes jubilatorios ante el BPS y las AFAP, ha levantado inquietudes por parte de especialistas dedicados al tema, políticos y población general, que en su mayoría siente que no cuenta con elementos suficientes como para tomar una decisión acertada al respecto, a pesar del asesoramiento que ha ofrecido el BPS.

En entrevista con El País, Jimena Pardo explicó que la opción de la revocación no significa desafiliarse de la AFAP, sino alterar la distribución del aporte entre BPS y las AFAP.

“Cuando uno revoca la opción del artículo 8 puede dejar de aportar si tiene un sueldo hoy de $ 85.607 (cambia en función del Índice Medio de Salarios; era $ 5.000 en 1996). Pero si tiene un sueldo mayor a eso, lo que hace es minimizar lo que manda a su cuenta de ahorro individual y maximizar lo que manda a BPS”, resumió.

Es decir, cambia la distribución del aporte, sin desafiliarse de la AFAP. No se elige el porcentaje, sino que éste ya está especificado en la ley (lo que se decide es si se aporta por el artículo 8 o no).

El problema radica en que, cuando se dio la reforma de 2023, se eliminó una bonificación que estaba atada a la opción del artículo 8 y también se quitó la opción de revisar esa opción de las personas de entre 40 y 50 años de edad. Entonces, muchas de esas personas hicieron sus reservas para ser asesoradas al respecto antes del plazo para revocar el artículo 8 (diciembre de 2023). En ese momento, se agendaron 96.700 personas y solo fueron asesoradas algunas a partir de febrero 2024. Debido a la cantidad total de personas, el asesoramiento se realizó vía web, con un sistema automatizado. “Hoy sabemos que, de ese público, el 38% entró en el sistema para bajar los cálculos, unos 12.200 revocaron la opción por el artículo 8, y 8.000 no lo hicieron”, agregó. “Hay 17.000 que están dentro del plazo de los 90 días para decidir”, concluyó Pardo.

Polémica por bonificación

Pardo dijo a El País que, cuando ella participó en la Comisión de Expertos de la Reforma de Seguridad Social, el Frente Amplio planteó que se eliminara la bonificación (del artículo 8 de la Ley 16.713) y no se cambiara la forma en la que se reparte el aporte entre BPSy AFAP, porque la bonificación estaba asociada a cómo se reparte. “Advertimos que si se elimaba la bonificación, había que cambiar la distribución del aporte. Eso no se hizo”, dijo. Leyes posteriores “emparcharon” un poco el tema, pero sin estudios actuariales, advirtió.

Redacción

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