14.2 C
Buenos Aires
domingo, mayo 25, 2025

Cannabis medicinal: qué cambia con la nueva resolución del REPROCANN

Más Noticias

El Ministerio de Salud de la Nación implementó una nueva normativa que modifica profundamente el funcionamiento del Registro del Programa de Cannabis (REPROCANN), mediante la Resolución 1780/2025. Esta actualización reemplaza la resolución previa N.º 3132/2024 y busca fortalecer la trazabilidad, el control y la seguridad en el acceso y producción de cannabis medicinal en Argentina.

Cambios Clave en las Figuras Autorizadas para Cultivo

La nueva resolución redefine tres figuras para la inscripción en REPROCANN:

  • Autocultivador: Permitido cultivar hasta 9 plantas en floración y transportar 40g de flores secas o 6 frascos de aceite. La inscripción es por 3 años y requiere indicación médica. 
  • Tercero Cultivador: Reemplaza al «cultivador solidario». Solo puede cultivar para sí mismo y un usuario adicional. El permiso tiene vigencia de un año, y exige informes periódicos y antecedentes limpios. 
  • Persona Jurídica Autorizada: Incluye ONGs, asociaciones civiles y proyectos de investigación aprobados. Puede asistir hasta 150 usuarios, con autorización ministerial. Se requiere un director médico y un responsable técnico, además del uso obligatorio de genéticas registradas.

En todos los casos se permite declarar hasta tres domicilios o sedes de cultivo, y el plazo de adecuación a la nueva normativa será de seis meses desde su publicación oficial.

Tal vez te interese leer: Elecciones. Presentan un proyecto para regular la publicidad de los actos de Gobierno durante la campaña

Proyectos de Investigación y Genéticas Autorizadas

Los proyectos científicos regulados por la Ley 27.350 mantienen un régimen específico. Deben presentar informes semestrales y cumplir con los requisitos de trazabilidad y uso exclusivo de genéticas registradas. Sin embargo, el INASE suspendió el registro de variedades medicinales, y los permisos actuales expiran el 31 de mayo. Esta situación genera incertidumbre en el cumplimiento de los requisitos técnicos exigidos por el Ministerio.

Requisitos para Profesionales de la Salud

Los médicos prescriptores deberán estar registrados en la Red Federal de Profesionales de la Salud (REFEPS) y acreditar formación específica en cannabis medicinal. Además, deberán contar con firma digital registrada ante el Ministerio de Salud.

El nuevo marco regula también la interoperabilidad con registros provinciales, respetando la Ley de Protección de Datos Personales, y se complementa con cuatro anexos oficiales que detallan procedimientos, formularios y rangos de cultivo permitidos.

Científicos de la UNC crearon un microchip para estudiar bacterias en movimiento

Redacción

Fuente: Leer artículo original

Desde Vive multimedio digital de comunicación y webs de ciudades claves de Argentina y el mundo; difundimos y potenciamos autores y otros medios indistintos de comunicación. Asimismo generamos nuestras propias creaciones e investigaciones periodísticas para el servicio de los lectores.

Sugerimos leer la fuente y ampliar con el link de arriba para acceder al origen de la nota.

 

- Advertisement -spot_img

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

- Advertisement -spot_img

Te Puede Interesar...

Cómo sigue el clima en el AMBA a la espera de la «bomba polar»: ¿puede nevar en Buenos Aires?

El Servicio Meteorológico Nacional (SMN) difundió el pronóstico para todo este fin de semana en el Área Metropolitana de...
- Advertisement -spot_img

Más artículos como éste...

- Advertisement -spot_img