Un día como hoy, pero de 2012, se marcaba un antes y un después en la ampliación de derechos en Argentina. A través del Decreto 1007/2012, el Poder Ejecutivo nacional reglamentaba formalmente la Ley de Identidad de Género (N° 26.743), que había sido sancionada por el Congreso de la Nación en mayo de ese mismo año.
Esta medida histórica e inédita a nivel internacional reconoció el derecho de toda persona a ser inscrita en sus documentos personales —como el Documento Nacional de Identidad (DNI)— con el nombre, la imagen y el género autopercibidos.
Un modelo para el mundo

A diferencia de las legislaciones de otros países de la época, la ley argentina se destacó por su enfoque despatologizador. Esto significa que no se requiere acreditar intervenciones quirúrgicas, terapias hormonales ni diagnósticos médicos o psicológicos para rectificar los datos registrales. El único requisito es la propia voluntad de la persona.
Además del acceso al documento de identidad conforme a la vivencia interna de cada individuo, la normativa garantizó en su artículo 11 el derecho a la salud integral, incluyendo el acceso a tratamientos hormonales y cirugías de adecuación corporal dentro del Plan Médico Obligatorio (PMO).
A 14 años de su reglamentación, la fecha invita a reflexionar sobre los avances logrados en materia de visibilidad e inclusión para la comunidad travesti-trans, así como sobre los desafíos que aún persisten para asegurar el pleno ejercicio de sus derechos y la igualdad real de oportunidades en la sociedad.



