12.7 C
Buenos Aires
jueves, mayo 22, 2025

Ciudadanía italiana por matrimonio: qué cambia en las condiciones y plazos a partir del nuevo decreto

Más Noticias

«Quienes ya estén casados con un italiano o italiana y no hayan tramitado la ciudadanía por matrimonio… no demoren«. Ese es el consejo que comparte a Clarín Franco Tirelli, el diputado italo-argentino que el miércoles, desde su banca en el parlamento italiano por el Movimiento Asociativo Italianos en el Exterior (MAIE), intentó detener algo que parecía irrefrenable, y lo fue.

Pero, por el momento, como el decreto-ley aprobado en el Senado y en la Cámara de Diputados de Italia no habla del iure matrimoni (derecho por matrimonio), obtener la ciudadanía italiana es hoy una posibilidad concreta para quienes están casados con un ciudadano o ciudadana italiana.

¿Hay algo que temer? ¿En la implementación de la ley puede ser que se toquen también los requisitos para obtenerla desde el cónyuge italiano?

«Con respecto a este decreto-ley, no va ver nada que tenga que ver con matrimonio, porque no lo menciona. A futuro pueden presentar un proyecto de ley para modificar la obtención de la ciudadanía por matrimonio, pero eso lleva mucho tiempo parlamentario. Aún así, esto que sucedió fue muy sorpresivo. Así que los que estén casados, en serio, no tarden en hacer el trámite», insiste Tirelli.

Aunque esté vigente esta posibilidad según las reglas previas, el proceso implica cumplir con una serie de requisitos legales, lingüísticos y administrativos de cierta complejidad.

Según la última información publicada por el Consulado General de Italia en Buenos Aires, que en rojo advierte que todo debe regirse según el decreto-ley 36 y que la información «puede actualizarse», hay requisitos generales y casos puntuales que se analizarán al momento de la revisión de la solicitud.

Entre los generales, se aclara que el cónyuge extranjero puede solicitar la ciudadanía italiana si pasaron al menos tres años desde la celebración del matrimonio, si residen fuera de Italia. Y, entre los requisitos puntuales, se aclara que este plazo se reduce a un año y medio si la pareja tiene hijos en común, ya sean biológicos o adoptados.

Ambos deben residir en la misma circunscripción consular, es decir, les debe corresponder el mismo Consulado. La unión civil (no cuenta el concubinato) debe estar registrada en una comuna italiana, no sirve el acta de matrimonio de Argentina, y el vínculo matrimonial debe ser «válido y estable» hasta la emisión de la ciudadanía para quien la solicitó. Si se divorciaron, no se obtendrá la ciudadanía.

Según la normativa vigente, el matrimonio debe haber sido celebrado después del 27 de abril de 1983 para que el cónyuge pueda solicitar la ciudadanía por esta vía.

Hablar italiano, indispensable para la ciudadanía por matrimonio

¿Cuánto importa que el cónyuge extranjero hable italiano? Mucho.

Desde diciembre de 2018, se exige demostrar un conocimiento del idioma italiano «no inferior al nivel B1» del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas. Esto se traduce en saber italiano de «intermedio para arriba».

Ese conocimiento sólo se puede certificar a través de «un título de estudio emitido por un instituto italiano de enseñanza pública o legalmente reconocido». Otra opción que lo acredita es la certificación emitida por entidades autorizadas, como el Instituto Italiano de Cultura.

¿Cómo se arma la carpeta para obtener la ciudadanía por matrimonio?

Como en las carpetas que se presentan para tramitar la ciudadanía por reconocimiento o por hijo directo, la partida de nacimiento del solicitante debe estar traducida al italiano y debidamente apostillada.

También habrá que presentar el certificado de antecedentes penales de cada país (si hay antecedentes no se podrá seguir con el trámite), también traducido y apostillado.

También será necesario presentar los DNI de ambos cónyuges y el comprobante de pago de la tasa consular.

¿Cómo empezar con la solicitud?

Se debe pedir un turno a través del sistema on line en el sitio web del Consulado correspondiente y elegir la opción «naturalización por matrimonio».

El tiempo estimado para la obtención de la ciudadanía italiana por matrimonio es de 24 a 36 meses, aunque puede variar según cada caso. Es importante tener en cuenta que durante este período el matrimonio debe mantenerse válido y sin interrupciones legales. Tampoco seguirá el trámite favorablemente si el cónyuge italiano fallece.

En cuanto a los costos, la tasa consular para este trámite es de 250 euros, que deben abonarse en pesos al tipo de cambio oficial vigente al momento del pago.

¿Las parejas a qué deben estar particularmente atentas? Es esencial que quien solicite la ciudadanía y su cónyuge mantengan actualizada su información en el Registro de Italianos Residentes en el Extranjero (AIRE) y que informen cualquier cambio de domicilio al Consulado correspondiente.

Además, desde el consulado «se recomienda revisar periódicamente el estado del trámite y cumplir con cualquier requerimiento adicional que pueda surgir durante el proceso».

AS

Redacción

Fuente: Leer artículo original

Desde Vive multimedio digital de comunicación y webs de ciudades claves de Argentina y el mundo; difundimos y potenciamos autores y otros medios indistintos de comunicación. Asimismo generamos nuestras propias creaciones e investigaciones periodísticas para el servicio de los lectores.

Sugerimos leer la fuente y ampliar con el link de arriba para acceder al origen de la nota.

 

- Advertisement -spot_img

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

- Advertisement -spot_img

Te Puede Interesar...

Tragedia en la ruta 2: volcó un auto y un matrimonio de jubilados murió ahogado

El matrimonio iba en su Peugeot 308 por la autovía 2, en dirección a Mar del Plata, cuando el...
- Advertisement -spot_img

Más artículos como éste...

- Advertisement -spot_img