Condenaron a tres hombres por tenencia ilegal de arma de fuego tras un operativo en Chascomús

  • El Juzgado Correccional Nº 2 de Dolores homologó un juicio abreviado y dictó sentencia contra tres imputados que fueron hallados responsables del delito de “tenencia ilegal de arma de fuego de uso civil”, por un hecho ocurrido el 10 de febrero de 2026 en Chascomús.

    Condenaron a tres hombres por tenencia ilegal de arma de fuego tras un operativo en Chascomús

    El Juzgado en lo Correccional Nº 2 del Departamento Judicial Dolores, a cargo del Dr. Jorge Martínez Mollard, resolvió homologar un acuerdo de Juicio Abreviado mediante el cual condenó a tres hombres por el delito de tenencia ilegal de arma de fuego de uso civil.

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      El episodio se produjo el 10 de febrero de 2026, alrededor de las 11:30 horas, cuando personal de la Patrulla de Prevención Municipal de Chascomús detectó un Fiat Duna que circulaba a alta velocidad, realizando maniobras imprudentes y con sus ocupantes consumiendo bebidas alcohólicas. Al intentar interceptar el vehículo, los ocupantes desobedecieron la voz de alto y continuaron la marcha hasta colisionar contra el boulevard de la calle Fernando de Arenaza, entre Julián Quintana y Casalins.

      Tras el impacto, los tres hombres descendieron y huyeron a pie. Dos fueron interceptados en la calle Lincoln: Diego Emanuel Pérez y Gustavo Ezequiel Carlomagno. El conductor, Christian Fabián Ríos, fue detenido más tarde en la intersección de Tucumán e Irigoyen, luego de generar disturbios en el interior del local comercial “Zeus”.

      En el interior del vehículo, los agentes hallaron un revólver calibre .22 marca Pasper modelo Bagual, junto a tres municiones. Las pericias confirmaron que el arma era apta para disparar y ninguno de los imputados contaba con autorización de la ANMAC.

      La resolución judicial

      El magistrado evaluó las pruebas reunidas: actas de procedimiento, placas fotográficas, inspecciones oculares, pericias de la Policía Científica, testimonios de personal municipal y policial, además de filmaciones del Centro de Monitoreo Urbano. Concluyó que los descargos de los imputados no fueron suficientes para desligarse de la acusación y confirmó la coautoría de los tres en la tenencia del arma.

      El hecho fue calificado como “tenencia ilegal de arma de fuego de uso civil” (artículo 189 inc. 2º del Código Penal), en calidad de coautores (artículo 45).

      Las penas impuestas fueron:

      • Gustavo Ezequiel Carlomagno: seis meses de prisión de efectivo cumplimiento, multa mínima, costas procesales y declaración de reincidencia. Poseía una condena previa de 2020 por robo agravado y tenencia ilegítima de estupefacientes.
      • Christian Fabián Ríos: seis meses de prisión de efectivo cumplimiento, multa mínima, costas procesales y declaración de reincidencia. Registraba una condena previa de 2019 por robo agravado, coacción y encubrimiento.
      • Diego Emanuel Pérez: seis meses de prisión de efectivo cumplimiento, pago de la multa mínima y costas procesales. A diferencia de los otros dos imputados, no registra antecedentes penales, por lo que no se declaró reincidencia en su caso.

    Redacción

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