El Gobierno oficializó el Sistema de Articulación de la Política Exterior con foco en Malvinas

El Gobierno oficializó este viernes la creación del Sistema de Articulación de la Política Exterior que será coordinado por la Cancillería y que pone la atención específica sobre cualquier gestión que pueda incidir en el reclamo de soberanía argentina sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur.

Por medio del Decreto 983/2026 publicado este viernes en el Boletín Oficial, señaló:  “Créase el Sistema de Articulación de la Política Exterior en el ámbito del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, que tendrá a su cargo la implementación de los mecanismos de información, coordinación y asesoramiento oportuno, respecto de las actividades internacionales desarrolladas por las jurisdicciones y organismos de la Administración Pública Nacional que pudieran tener incidencia en la política exterior o en los intereses internacionales de Argentina y en las acciones que se llevan a cabo para recuperar el ejercicio pleno de la soberanía sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes”.

El Sistema de Articulación de la Política Exterior “tendrá como finalidad asegurar la coherencia, compatibilidad y uniformidad con los lineamientos generales de la política exterior de toda actividad que verse sobre relaciones exteriores de la República Argentina” y será coordinado por la Cancillería “en el ámbito de sus competencias, en todo lo inherente a política exterior y relaciones exteriores de la Nación y su representación ante los gobiernos extranjeros, la Santa Sede y las entidades internacionales”.

Además, indicó que los integrantes de la Administración Pública Nacional deberán informar a la Cancillería en su carácter de coordinador del Sistema de Articulación de la Política Exterior, “conforme los alcances, condiciones, modalidades y plazos que establezca dicha Cartera de Estado, todas aquellas reuniones, comunicaciones, gestiones, negociaciones y/o actividades internacionales que involucren a autoridades de otros Estados, organismos internacionales o sujetos de derecho internacional y que pudieran:

a) Implicar la fijación o comunicación de posiciones oficiales de la República Argentina;

b) Incidir en negociaciones diplomáticas, bilaterales o multilaterales en curso;

c) Involucrar la suscripción, negociación o consideración de acuerdos, convenios, memorandos de entendimiento, declaraciones conjuntas, cartas de intención, actas o instrumentos similares;

d) Generar consecuencias diplomáticas, institucionales, jurídicas o políticas para la República Argentina

e) Comprometer o afectar los lineamientos de política exterior definidos por el Poder Ejecutivo Nacional

f) Involucrar aspectos vinculados con las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes, o que pudieran incidir directa o indirectamente en la soberanía argentina sobre dichos territorios y espacios”.

“Quedan excluidas del ámbito de aplicación del Sistema de Articulación de la Política Exterior las gestiones ante organismos financieros internacionales, bancos multilaterales de desarrollo o entidades asimilables cuando se circunscriban exclusivamente a aspectos financieros, crediticios, presupuestarios, técnicos o de ejecución de programas propios de la jurisdicción competente. Respecto de toda aquella información que se encuentre sujeta a un régimen especial de reserva, confidencialidad o secreto, deberá estarse a lo dispuesto por la normativa específica que resulte aplicable”, expresó.

Redacción

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