La ANMAT prohibió un raticida en todo el país: cuál es la marca y qué irregularidades encontró

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió el uso, la comercialización, la distribución y la publicidad en todo el país de un raticida, luego de detectar que el producto seguía ofreciéndose al público pese a no contar con registros sanitarios vigentes.

La medida fue oficializada mediante la Disposición 5707/2026 publicada en el Boletín Oficial de este miércoles y alcanzó a todas las presentaciones del producto.

Según los argumentos de la normativa, las actuaciones se iniciaron a partir de una consulta recibida por el organismo sobre la legitimidad del raticida identificado como «SUPERCygonazo. Rodenticida Dosis Única», elaborado por la firma Mendizabal, Ferraro y Larrinaga S.R.L.

Durante las verificaciones realizadas, la ANMAT comprobó que el producto ya no contaba con inscripción vigente. En esa dirección, el organismo recordó que la empresa había estado habilitada como establecimiento elaborador de productos domisanitarios y que el raticida había estado registrado oportunamente.

Sin embargo, la disposición señala que mediante la Disposición 6153/2025 se dio de baja la habilitación de la firma porque no solicitó la reinscripción correspondiente ante el Registro Nacional de Establecimientos Domisanitarios. Como consecuencia de esa decisión, también quedaron sin efecto los registros de los productos que estaban asociados a la empresa.

La ANMAT informó además que, luego de comprobar que el raticida seguía en circulación, notificó a la firma sobre la presunta comercialización del producto sin registro, pero no obtuvo respuesta.

También indicó que la comunicación enviada por correo postal tampoco pudo ser entregada porque la empresa ya no funcionaba en el domicilio informado y que la notificación regresó con la observación de que el destinatario se había mudado.

Por otra parte, la ANMAT consultó a la autoridad sanitaria de la provincia de Buenos Aires sobre la situación registral del producto y la respuesta fue que «no se encontraba registro» del raticida en esa jurisdicción.

Ante a ese escenario, el organismo sostuvo que «tanto los establecimientos como los productos domisanitarios deben contar con las correspondientes habilitaciones y registros para poder ser comercializados».

Por ese motivo, se recomendó «prohibir la elaboración, uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional y en plataformas de venta electrónica» del raticida SUPERCygonazo, así como también «prohibir la publicidad» del producto hasta tanto se encuentre debidamente regularizado.

La disposición agregó que la medida se adoptó «a fin de proteger a eventuales adquirentes y usuarios de los productos involucrados, de los que se desconocen las condiciones de manufactura» y remarca que no fue posible acreditar el cumplimiento de los requisitos exigidos por la normativa vigente.

ES

Redacción

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