La Corte Suprema rechazó un amparo contra el DNU y vuelve a estar vigente la derogación de la Ley de Tierras

El máximo tribunal desestimó la presentación realizada por excombatientes de Malvinas argumentando «falta de legitimación». Con esta decisión, cae el freno judicial que protegía el límite a la venta de campos y recursos a extranjeros.

En una resolución de alto impacto político y económico, la Corte Suprema de Justicia de la Nación repuso la vigencia del artículo 154 del DNU 70/2023, habilitando de forma directa la desregulación y la venta de tierras rurales a inversores extranjeros.

El fallo de los jueces Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y Carlos Rosenkrantz anuló la medida cautelar que mantenía suspendida la derogación de la Ley de Tierras (Ley 26.737), la cual ponía un tope del 15% a la propiedad extranjera y protegía los recursos hídricos del país.

Los argumentos de la Corte Sin entrar a debatir si la derogación mediante un Decreto de Necesidad y Urgencia es constitucional o no, el máximo tribunal centró su fallo en un aspecto puramente técnico: determinó que el Centro de Excombatientes Islas Malvinas de La Plata (CECIM) no cuenta con «legitimación activa» para interponer un amparo colectivo. Según la consideración de los magistrados, la «soberanía nacional» no constituye un bien colectivo tutelable por una asociación civil ante la Justicia.

Con este argumento, la Corte revocó la sentencia de la Cámara Federal de La Plata que previamente había declarado la inconstitucionalidad del decreto tras advertir que el Poder Ejecutivo no justificó la urgencia de la medida para ser aprobada sin pasar por el Congreso.

Reacciones y contexto Desde el CECIM emitieron un duro comunicado en el que remarcaron la contradicción de la resolución: «Podemos morir en defensa de la soberanía, pero no acudir a un tribunal para defenderla», señalaron, advirtiendo que la resolución deja sin protección a ríos, valles, glaciares y zonas de frontera.

La decisión judicial llega en un momento clave, permitiendo al Poder Ejecutivo reactivar la desregulación del mercado inmobiliario rural y minero sin la necesidad de recurrir a la vía legislativa parlamentaria.

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