“Indicios racionales de criminalidad”. Una jueza de Tarragona propone llevar a juicio a los dos altos directivos del Consorci d’Aigües de Tarragona (CAT) –el director de los servicios jurídicos, Jesús Martín García, y el presidente, Joan Alginet Aliau– denunciados por la persona que contrataron como compliance officer . La magistrada ve indicios de los presuntos delitos de prevaricación y acoso laboral.
El caso –desvelado por La Vanguardia del miércoles– se refiere a la contratación de una empresa de gestión informática, que fue anulada por el Tribunal Català de Contractes del Sector Públic, y al acoso laboral que sufrió el trabajador.
Éste fue contratado en marzo de 2023 y justo dos años después fue despedido, tras emerger contra él acusaciones de machismo, homofobia y trato degradante. Lo denunciaron cinco trabajadores (entre ellos, la mujer de Jesús Martín) que nunca antes habían advertido a la dirección de tales comportamientos.
La magistrada acuerda que el Consorci sea llamado al procedimiento como eventual responsable civil subsidiario
La denuncia, en un manifiesto firmado por los cinco, fue preparada justo al día siguiente (14 de enero de 2025) de que la Oficina Antifrau de Catalunya (OAC) comunicara al CAT que el trabajador había obtenido la condición de alertador de corrupción; en teoría, esta condición impedía a la empresa cualquier represalia contra él. Con estas denuncias, el CAT abrió expediente disciplinario al empleado, y pocas semanas después lo despidió.
El trabajador había acudido en octubre de 2024 a la OAC alertando de diversas cuestiones que, bajo su punto de vista, eran irregulares. Como compliance, podía incurrir en responsabilidad penal si no actuaba.
En septiembre de 2023, a los seis meses de entrar en el organismo, el compliance había alertado de irregularidades que según él debían ser subsanadas. A partir de ahí, Martín y Alginet “se mostraron molestos con él y le dispensaron un trato humillante”, expone el auto judicial.
La acusación de prevaricación se sustenta entre otras cosas en que justamente en la mesa de contratación del CAT se integraba Joan Alginet, “y la LCSP [Ley de Contratos del Sector Público] lo prohíbe expresamente a los cargos públicos para los entes supramunicipales, como el CAT”, dice el auto.
Esta prohibición “conforme al cargo y posición que ocupa, [la] debería haber conocido Jesús Martín García”.
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La jueza considera acreditado que la actitud de ambos dirigentes hacia el compliance le generó “un trastorno ansioso-depresivo” para el que requiere desde entonces atención médica. El compliance fue despedido a finales de febrero de 2025. La OAC no tomó ninguna medida contra el CAT.
Fuentes de la defensa de Martín y Alginet explicaron a La Vanguardia que la resolución de la jueza será recurrida.
En otro auto, la magistrada acuerda que el CAT sea llamado al caso como eventual responsable civil subsidiario.



