Un análisis comparativo de las sanciones, muestra marcadas diferencias en las penalidades máximas que se aplican a los conductores según cada jurisdicción
23/07/2026 – 10:20hs
El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la administración de la Provincia de Buenos Aires aplican marcos punitivos con criterios de actualización y montos marcadamente disímiles para las infracciones de tránsito. Aunque ambas jurisdicciones ordenan el flujo vehicular cotidiano dentro del aglomerado metropolitano, atravesar el límite divisorio de la avenida General Paz determina que una misma falta de tránsito quede expuesta a diferencias económicas que llegan a superar el millón y medio de pesos.
La divergencia principal radica en la fijación de los techos sancionatorios máximos y en la frecuencia periódica con la que se ajustan las tablas de valores. Mientras en la Capital Federal las Unidades Fijas mantienen su cotización fija a lo largo de semestres completos de estabilidad, el territorio bonaerense aplica correcciones bimestrales atadas a la variación de los combustibles de mayor octanaje.
Esta asimetría reglamentaria plantea un panorama complejo para los automovilistas que transitan a diario por ambos distritos. La disparidad en el bolsillo resulta contundente al comparar las faltas de mayor peligrosidad, donde la normativa porteña impone penalidades máximas sensiblemente más elevadas que el marco legal de la provincia.
Las diferencias de valores para las infracciones más frecuentes
La comparación directa entre los cuadros tarifarios vigentes expone las brechas puntuales que se registran según el lugar donde los inspectores de tránsito labren el acta de infracción:
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Exceso de velocidad severo (más de 140 km/h): en CABA el tope sancionatorio alcanza los $3.799.960, mientras que en la Provincia la multa máxima llega a $2.271.000.
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Circular sin la chapa patente o con la misma adulterada: en la Ciudad el valor fijo es de $949.990, frente a un techo provincial de $227.100.
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Conducir sin la Verificación Técnica Vehicular aprobada: en la Capital la multa alcanza un tope de $379.996, mientras que en suelo bonaerense las escalas graves varían de $681.300 a $2.271.000.
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Cruce de semáforo con luz roja: en la Ciudad se aplican multas de hasta $1.424.985, en comparación con la escala provincial de $681.300 a $2.271.000.
Los plazos de prescripción, la otra diferencia entre Capital y Provincia
A la hora de gestionar un acta, un aspecto fundamental para los propietarios de vehículos radica en el vencimiento legal de las sanciones, un principio respaldado por la Ley Nacional de Tránsito N° 24.449. No obstante, la legislación otorga plena autonomía a las distintas jurisdicciones del país para que adecuen estas pautas de caducidad y apliquen criterios diferenciados dentro de su ámbito territorial.
Esta facultad descentralizada provoca un contraste notorio en la duración de las actas entre distritos vecinos. Los puntos centrales que determinan el vencimiento de las infracciones comprenden los siguientes aspectos:
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Criterio según el marco nacional: establece una distinción clara fijando dos años de plazo para la caducidad de faltas leves y cinco años para las infracciones de carácter grave.
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Esquema en la Provincia de Buenos Aires: la administración bonaerense adhiere al lineamiento nacional, conservando la diferenciación en los tiempos de caducidad según el tipo de falta cometida.
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Regulación en la Ciudad de Buenos Aires: en el territorio porteño rige un marco unificado donde la totalidad de las actas prescribe a los cinco años contados desde la fecha de emisión, sin distinguir la gravedad del hecho.
De este modo, los automovilistas deben contemplar no solo el impacto monetario de las penalidades, sino también las reglas específicas de caducidad que aplican los juzgados de faltas correspondientes a la zona donde se registró la falta.



