OSCRAIA: fallo contra deRentas por $18 millones en aportes

La Obra Social de Conductores de Remises, Autos al Instante y Afines (OSCRAIA) atraviesa una realidad de dos caras. Por un lado, el Juzgado Federal de la Seguridad Social número 3 ordenó a la empresa de alquiler de vehículos deRentas S.R.L que le abone poco más de $18.000.000 en concepto de aportes y contribuciones impagos. Al mismo tiempo, la obra social sufre denuncias por una serie de irregularidades.

Vale señalar que la sentencia no obliga de forma automática ni directa a la compañía a reconocer la relación de dependencia de sus choferes. Aunque abre interrogantes sobre la viabilidad del negocio. Ya que sienta un antecedente administrativo y probatorio clave que compromete seriamente su postura.

El origen del expediente

El expediente, que lleva el número 12997/2026, lo inició en marzo la mencionada obra social para promover ejecución fiscal contra deRentas por una deuda de $18.642.826,97 hasta junio de este año. El reclamo se efectuó a través del llamado juicio de apremio. Está previsto en la Ley 11.683 y en el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. Mediante este mecanismo las entidades de la seguridad social reclaman los créditos exigibles respaldados por certificados o boletas de deuda.

Ante la intimación formal de pago, la empresa se presentó en el expediente para intentar detener el avance del embargo trabado sobre sus cuentas y bienes. Argumentó tres excepciones procesales de fondo y forma: inhabilidad de título, falta de legitimación pasiva (sosteniendo que no estaba obligada al pago) y falta de legitimación activa (cuestionando la facultad de la obra social para reclamar).

Las irregularidades de OSCRAIA

En medio del fallo a favor, la OSCRAIA sigue en la mira de la Superintendencia de Servicios de Salud. Ya que no presentó los informes trimestrales como deben hacer todas las obras sociales. Según fuentes oficiales, la OSCRAIA registra irregularidades desde 2017. Aunque habría presentado toda la documentación junta en los últimos meses, lo que estaría fuera de la ley.

Los voceros consultados apuntan que “por escenarios similares, fueron intervenidas las obras sociales de Ladrilleros, OSFOT (fotógrafos) y OSPICHA (personal de la industria del chacinado), entre otras”.

Los fundamentos de la jueza Braghini

La jueza a cargo de la causa, Alicia Braghini, recordó el criterio estricto que rige en las ejecuciones de la seguridad social. Planteó que “para los casos de excepción de inhabilidad de título, la misma no será admitida si no estuviera fundada exclusivamente en vicios relativos a la forma extrínseca de la boleta de deuda… Son ajenos al proceso los temas de fondo vinculados a la causa de la obligación, salvo cuando la inexistencia de la deuda resulte manifiesta y no se requiera la producción de prueba para acreditarla”.

Asimismo, descartó el intento de la empresa por desligarse de la responsabilidad en el pago. Señaló la falta de pruebas aportadas por deRentas S.R.L. durante la etapa procesal. Al respecto, sostuvo que “la falta de legitimación pasiva se configuraría en el caso de que la demandada no fuera la obligada al pago en la causa, situación que no ha sido probada en autos por la ejecutada en el momento oportuno para ese fin. Por el contrario, tanto en el título ejecutivo (las boletas de deuda) como en el mandamiento de intimación de pago, la parte demandada resulta claramente individualizada”.

El fallo y sus consecuencias

En cuanto a la falta de legitimación activa, el fallo ratificó plenamente a la Obra Social de Conductores de Remises como titular legítima del crédito. Al mismo tiempo desestimó y rechazó todos los planteos de la firma de alquiler de vehículos. Ordenó la ejecución por la suma de $18.642.826,97 más los intereses resarcitorios desde el origen de cada período debido y punitorios a contar desde la interposición de la demanda.

Según los voceros judiciales consultados, este fallo sienta un antecedente administrativo y probatorio clave si los trabajadores solicitan que la empresa reconozca que existe una relación de dependencia entre ambos. Sin embargo, la compañía no está obligada a hacerlo de forma automática ahora. Es que la resolución de Braghini fue dictada en un proceso sumarísimo (de corto plazo). Allí no se debate la relación laboral de fondo ni se analiza la naturaleza de los contratos. La magistrada se limitó a verificar que la boleta de deuda emitida por la obra social cumpliera con los requisitos formales y que no esté saldada.

Para conocer más sobre el caso, los interesados pueden consultar el sitio oficial de OSCRAIA.


Descubrí más de LatamNoticias

Suscribite para recibir las entradas más recientes en tu correo electrónico.

Redacción

Fuente: Leer artículo original

Pettovello denunciará penalmente a los estudiantes que protestaron en el Palacio Pizzurno y Grabois la cruzó duro

Por Redacción VIVE CABA 8 de octubre de 2026 Un nuevo capítulo de alta tensión se abrió entre el Gobierno nacional...

Kicillof respondió con fuerte tensión una pregunta sobre la denuncia de LLA contra ABSA

El fuerte cruce de Axel Kicillof con la prensa en Carlos Casares por el servicio de ABSA: “Vayan a...

Atropelló y mató a un hombre en silla de ruedas que pedía dinero en Posadas: el conductor huyó e investigan si cruzó a Paraguay

Un hombre en silla de ruedas que pedía plata en un semáforo de la ciudad de Posadas, capital de...
- Advertisement -spot_img

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí